Hola CTJ, la Ley Penal 23737 hace referencia a "lo que se puede considerar como una cantidad de estupefacientes para consumo personal", (no es la expresión exapta, pero se entiende más o menos eso); pero, "esa cantidad es un supuesto de gramos" que, a su vez, "no esta definida", (o sea, para un juez, 2 gramos puede equivaler a consumo personal, y, para otro, no, pues "cualquier cantidad implica haber comprado y, por lo tanto, favorecido al productor, al traficante o al distribuidor"), y no un kilo. O sea, tú pariente esta hasta las manos, pues, un kilo de merca implica tráfico y, a su vez, tiene un mínimo y un máximo de pena que complica la posibilidad de la excarcelación y, por lo tanto, que se pueda estar en libertad mientras se trámita el proceso. Encima, ese es un delito que, desde hace un tiempo, esta "como en la vidriera", o sea, es un "tema caliente" para ambos Países.
Ahora, habría que averiguar:
1- ¿Cómo y cuál es el Procedimiento Procesal Penal cuando se trata de extranjeros que cometen algún tipo de delito penal en nuestro País?. Algo de esa información esta en los respectivos artículos 1 tanto del Código Penal como del Código Civil de Argentina. Hasta donde sé, ante la comisión de delitos, las Leyes Penales y Civiles de nuestro País, se aplican tanto a nacionales como extranjeros, vivan, residan en forma permanente o transitoria sobre el territorio y la jurisdicción de Argentina.
2- Conocer el Procedimiento, puede llevar a encontrarse con cosas como esta: desde la detención de un ciudadano extranjero hasta el aviso a su Embajada o Consulado, tal vez, no deben pasar más de 24 horas; pasado eso tiempo, se puede estar violando algún Principio Legal y Constitucional y, por lo tanto, se puede pedir plantear una nulidad procesal, (y otras que se deriven de esa acción ilegal).
3- ¿Existe algún tratado sobre el tema entre España y la Argentina?, ¿y qué dice?.
4- Por otro lado, y depende de si le toco a cargo un fiscal o un juez FORMAL y FORMALISTA, mí consejo es que el dinero que pretende usar para comprarlos, lo guarde para enviarselo a su pariente para solventar su estadía en el penal. Igual, que no le haya tocado un fiscal o un juez formal, no le asegura mucho; salvo que tengan mucho trabajo y quieran sacarse el caso de encima. Por otro lado, para este tipo de delito, no suele ser de mucha ayuda no tener antecedentes, pues actualmente, es considerado un delito grave.
Sino me equivoco, en el penal de Devoto, tienen un pabellón especial para estas personas, o sea, para extranjeros; igual, es mejor asegurarse. Otra cosa es que hay que saber ¿Qué tipo Penal tiene la causa?, de ahí se puede buscar formas de atacar, sino es nadar en el aire.
En fin, complicado asunto.
Saludos y suerte,
"2017, te espero - UNITE".