Hola! estoy preparando una demanda y me tope con el tema del tope indemnizatorio, aún se encuentra vigente? el convenio que rige la actividad del que demanda tiene asignado un promedio de salario que ronda los $1.100 y una antigüedad de 15 años cómo saco los cálculos. O me conviene directamente realizar con el mejor salario percibido todo multiplicado por 15 y hacer reserva de inconstitucionalidad de art 245 parrafo pertinente?.- Alguien me aclara la situación?. Gracias. Mar.-