Colegas, estoy haciendo mis primeras armas en el fuero de Familia y se me presentó el siguiente caso:
Una mujer tiene sentencia de divorcio desde hace 2 años. Se pagaron los honorarios de los abogados y está todo hecho, salvo que el abogado de la mujer que viene a consultarme nunca inscribió el divorcio en el registro civil de la plata (el divorcio es en provincia). Mi cliente tiene los oficios y el testimonio correspondiente firmados por un funcionario del juzgado y no lo quiere hacer con el profesional anterior ya que perdió la confianza en él.
Mi pregunta es: si yo diligencio los oficios para la inscripción, después tengo que hacer algo en el expediente del divorcio (por ejemplo presentar un escrito acreditando la inscripción)? del registro envían alguna notificación al expediente por la cual después yo tenga que presentar algún escrito?
o simplemente realizo el trámite ante el registro y con eso se termina el trabajo?
Desde ya les agradezco su ayuda.
Una mujer tiene sentencia de divorcio desde hace 2 años. Se pagaron los honorarios de los abogados y está todo hecho, salvo que el abogado de la mujer que viene a consultarme nunca inscribió el divorcio en el registro civil de la plata (el divorcio es en provincia). Mi cliente tiene los oficios y el testimonio correspondiente firmados por un funcionario del juzgado y no lo quiere hacer con el profesional anterior ya que perdió la confianza en él.
Mi pregunta es: si yo diligencio los oficios para la inscripción, después tengo que hacer algo en el expediente del divorcio (por ejemplo presentar un escrito acreditando la inscripción)? del registro envían alguna notificación al expediente por la cual después yo tenga que presentar algún escrito?
o simplemente realizo el trámite ante el registro y con eso se termina el trabajo?
Desde ya les agradezco su ayuda.