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  • Accidente de trabajo y despido

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #490037  por fernicantos
 
Mi cliente era empleado en blanco tiene un accidente de trabajo y sufre un accidente de trabajo, no trabajo xq necesito rehabilitación durante 5 meses los cuales fueron pagados por la ART. El 04/09/09, se reintegro a trabajar, lo hizo durante una semana y como no estaba bien le indicaron mas rehabilitación y volvió a la ART le dan un nuevo alta médica y se reintegra a su trabajo luego de trabajar 1 día despedido.
Le mandan carta documento el 10 de noviembre de 2009 diciendo a partir de la fecha rescindimos relación laboral por falta de trabajo haberes y fondo de cese laboral a su disposición.
Antes de ayer la súper intendencia del riesgo del trabajo realizo un acta de audiencia u/o examen medico donde expresa alta medico 09/11/09, incapacidad atorgada por la ART total 16,25. Diagnostico: Ruptura de menisco y de ligamento cruzado anterior de rodilla izquierda. El medico de la ART ratifica la incapacidad otorgada.
Yo que debo hacer?
Mi cliente esta sin trabajo hace 2 meses no puede trabajar xq le duele la rodilla debe seguir el tratamiento y no tiene dinero
Que hago??
Debo contestar telegrama obrero del mes de noviembre dándome x despedido sin causa? Debo apela alta medica x la cual me despidieron al día siguiente?
Por favor que debo hacer??
Gracias
 #490123  por DAL
 
Esa incapacidad, si considerás que esta bien, debe indemnizarse. Ya cobró la indemnización???
El fondo de cese laboral ya lo debe cobrar, lo cobró???
Por lo pronto la ART sigue dando prestaciones médicas si las hay, en esto deberás consultar con un medico de parte y ver si este dolor y estas molestias requieren más tratamiento, rehabilitación cirugía, etc. La ART deberá otorgarlas.

NO tiene el menor sentido darse por despedido proque esta despedido y esta despedido a partir del alta,. así que esta bien, por lo demás se aplica la ley 22250 así que cobra el fondo sea cual sea la forma de desvinculación.
 #490226  por fernicantos
 
El fondo de desempleo y la indemnización por despido si le pagaron no la de incapacidad
La indemnización por incapacidad no la cobro. Los de ART dicen que el debe seguir con la rehabilitación todas las tarde durante un mes pero mi cliente dice que el no puede seguir con esas rehabilitaciones por que debe trabajar para poder comer. Y una vez que termine con las rehabilitación recién le pagaran la indemnización

Mi cliente tiene un medico particular que le dice que su incapacidad es mayor a la otorgada por la ART

Mi cliente quiere que le paguen ya la indemnización por incapacidad no esperar mas para poder trabajar y que el con su medico particular haría la rehabilitación los sábados y domingos para no perder la posibilidad de trabajar

Que es lo que debo hacer??
Apelar el acta de la comisión medico Nº 29 x q la incapacidad que le otorgan es menor??
Y el tema de la indemnización para que sea ya!!! como se hace??
Muchas gracias por su ayuda estoy perdida!!!
 #490295  por DAL
 
Si la incapacidad te parece que debe ser mayor tenes que recurrir a la junta médica o hacer juicio.
Si todavía esta con rehabilitación esta de baja, no de alta, y debe la ART pagarle el sueldo, yo los intimaría.
 #490316  por MORGAN
 
Tiene alta con discapacidad, tenés que intimar a la aseguradora a que pague la indemnización.
Después verás si vale la pena reclamar la diferencia.
O podés apelar el dictámen de la comisión médica porque no estás de acuerdo con el porcentual de incapacidad otorgado, antes de que pase a la oficina de homologación porque sino es irrecurrible y no te queda más que la via judicial.