Hola estimados, a algun especialista en el tema de derecho de familia, tengo que iniciar una demanda que ya se cerro la etapa previa en Pcia e Bs Aa, en Diciembre de 2009, mi cliente me vino a ver por el tema a mediados del año pasado, pero tenia iniciada una etapa previa de Alimentos en el año 2002, que nunca se le notifico a la contraria y el abogado anterior la dejo ahi, yo saque de archivo y continue y se cerro sin acuerdo por el tema alimentos. Ahora bien, cuando inicio demanda debo reclamar lo adeudado desde el 2002 hasta la fecha?? el demandado abono una cuota infima en se periodo pero no hay ningun tipo de acuerdo ni privado ni judicial, y asimismo como juega el plazo de prescripcion quinquenal del C.C.?? Bueno me seria de gran utilidad comentarios al respecto!! Muchas gracias!!