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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #492140  por francisco30
 
hola gente, soy nuevo en el foro y antes que nada quiero saludarlos cordialmente.
pasando al tema que necesito una manito es el siguiente:
una empleada domestica que trabajaba hacia dos años quedó embarazada y se no concurrió más a trabajar cuando tuvo que dar a luz.
pero la cuestión fue que el empleador quien nunca la despidió, recibió un telegrama por despido agravado por el embarazo.
tengo entendido que no esta regulada esta situación para este tipo de personal. reclama $21.000!!
eschuco sugerencia de mis colegas sobre el tema
desde ya muchas gracias!!!
francisco.
 #492223  por VELOK
 
Según el decreto ley 326/56 art 7 y 8, el empleado puede considerarse despedido y reclamar la correspondiente indemnizacion.
No estaba registrada? Cantidad de horas que trabajaba semanalmente?
 #492237  por alejofer
 
Bueno si nunca la despidio contestale eso en una carta documento y manifestale que se presente a trabajar en determinada fecha una vez concluida su licencia por maternidad. saludos
 #492241  por francisco30
 
estaba registra en blanco con todos los papeles y reclama doble indemnización por embarazo, trabajaba 8 hs de lunes a viernes.
 #492242  por alejofer
 
Por eso te digo, con más razon, fijate cuando sería el día que se debería presentar a trabajar y citala, además manifesta que nunca la despediste. De lo contrario deberá mostrar la CD que vos nunca le madastes, saludos
 #492309  por pol197619
 
En el estatuto de servicio domestico no hay norma que orden la indemnizacion agravada en un caso como este. No hay aplicacion susidiaria de la LCT. Hy fallos denegando la indemnizacion agravada.