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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #492222  por marimesantiago
 
Colegas:
Me toco un caso de concubinato. Y tengo dudas ya que flia no hago. De que manera se debe acreditar la convivencia. Que pasa con el hogar conyugal si hay hijos de por medio y la propiedad es del concubino adquirida durante la convivencia. Que pasa con los bienes: automovil, muebles etc?
Gracias
Saludos
 #492244  por berequete
 
La convivencia la tenés que demostrar mediante testigos, además de que están los hijos de por medio, con respecto al inmueble si lo compro el concubino es de su pertenencia es bien propio, todo lo que sea adquirido mediante concubinato es bien propio de cada uno siempre y cuando lo puedas justificar, obviamente el inmueble es un bien registrable al igual que el auto y los muebles si tiene boleta de la compra y la tiene a nombre de el, pertenece todo a el. Mientras no haya matrimonio son todos bienes propios, el concubinato para la ley no existe, solamente para pensión es lo que prospera.
 #492413  por ELISEA_SEP
 
perdon pero considero que no es asi, si hay hijos menores de por medio por mas que la propiedad inmueble sea del concubino, la madre de los menores puede requerir que se considere dicha propiedad como atribucion del hogar conyugal y mientras los menores este alli, la mujer va continuar con la tenencia del inmueble.-
Con respecto a los bienes mubles los indispensables para la substencia de una familia, si la mujer no trabaja, tambien tienen que quedar para ella.
ademas para evitar problemas acordate que tienen que fijar una cuota alimentaria a favor de los menores.-
 #492548  por Catriel
 
Buenas tengo un caso similar pero es al reves la casa la compraron los dos pero se puso a nombre de la concubina. La cuestion es que le dieron una tenencia provisoria al padre (el hijo no quiere saber nada con la madre), la jueza en su resolucion mando al psicologo a todo el grupo fliar (por asi decirlo). mi pregunta es la siguiente puede el padre en representacion del hijo pretender la propiedad o volver a ella? , le cabe a la madre y/o abuela materna colaborar con los alimentos para el menor? ya que el padre tiene trabajos temporales y aparte no tiene lugar fijo de vivienda. Gracias
 #492552  por Catriel
 
Buenas mi caso es similar pero es al reves la casa la compraron los dos pero se puso a nombre de la concubina, al hombre le dieron una tenencia provisoria,( el hijo no quiere saber nada con la madre) la jueza en su resolucion mando a todo el grupo fliar al psicologo (por asi decirlo). mi pregunta es la siguiente puede pretender la propiedad o volver a ella en representacion del hijo? la madre y/o abuela materna tienen que colaborar con alimentos al menor? el hombre tiene trabajos temporales y no tiene vivienda fija. Gracias
 #492553  por Catriel
 
Buenas mi caso es similar pero es al reves la casa la compraron los dos pero se puso a nombre de la concubina, al hombre le dieron una tenencia provisoria,( el hijo no quiere saber nada con la madre) la jueza en su resolucion mando a todo el grupo fliar al psicologo (por asi decirlo). mi pregunta es la siguiente puede pretender la propiedad o volver a ella en representacion del hijo? la madre y/o abuela materna tienen que colaborar con alimentos al menor? el hombre tiene trabajos temporales y no tiene vivienda fija. Gracias
 #493887  por ELISEA_SEP
 
Catriel escribió:Buenas mi caso es similar pero es al reves la casa la compraron los dos pero se puso a nombre de la concubina, al hombre le dieron una tenencia provisoria,( el hijo no quiere saber nada con la madre) la jueza en su resolucion mando a todo el grupo fliar al psicologo (por asi decirlo). mi pregunta es la siguiente puede pretender la propiedad o volver a ella en representacion del hijo? la madre y/o abuela materna tienen que colaborar con alimentos al menor? el hombre tiene trabajos temporales y no tiene vivienda fija. Gracias
TIENE EL MISMO DERECHO QUE SI FUERA LA MADRE CATRIEL,QUE REQUIERA LA ATRIBUCION DEL HOGAR CONYUGAL EN PROTECCION DEL HIJO CUYA TENENCIA DETENTA, Y SI LA MADRE Y/O LA ABUELA MATERNA DEBEN COLABORAR CON LOS ALIMENTOS.- NUNCA ME TOCO UN CASO ASI HASTA AHORA, PERO CREOQ UE ASI PROCEDERIA *suerte*