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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #49325  por SIL_27
 
HOLA, COMO ANDAN? TENGO UNA DUDA QUERIA SABER SI ALGUIEN ME PODRIA AYUDAR :


SE TRATA DE UNA PERSONA QUE TIENE 56 AÑOSY TIENE 12 AÑOS 11 MESES DE APORTES EN RELACION DE DEPENDENCIA, EL ULTIMO APORTE LO TIENE EN DICIEMBRE DEL 2000, O SEA NO ENTRA ENTRA EN NINGUNA DE LAS OPCIONES DE APORTANTE REGULAR O IRREGULAR, MI PREGUNTA ES SI SE PUEDE HACER UNA MORATIA POR LOS 30 AÑOS O LE HAGO PAGAR UN AÑO COMO MONOTRIBUTISTA, PORQUE TENGO MIEDO MIEDO DE HACERLE NA MORATORIA Y QUE NO LE DEN EL 66 % DE INVALIDEZ. POR FAVOR ME AYUDAN!!!!!!!!!

 #49364  por ilvinavaleria
 
que enfermedad tiene la persona??

 #49378  por SIL_27
 
PROLEMAS DE CORAZON, EN REALIDAD NO ME INTERIORICE MUCO EN LA INVALIDEZ EN SI PORQUE NO SABIA SI SE PUEDE HACER ALGO

 #49411  por SIL_27
 
[PLEASE ME PUEDEN AYUDAR NECESITO UNA RESPUESTA URGENTE
GRACIAS

 #49426  por Maria C.
 
HACE UNOS DIAS PREGUNTE LO MISMO, Y ALGUIEN DEL FORO ME COSNTESTO MUY GENTILMENTE QUE A LOS PROBLEMAS CORONARIOS LE DAN 100%. LA PREGUNTA MIA FUE A RAIZ QUE VINO UN SR. A CONSULTARME CON 3 BY PASS, ARTERIAS TAPADAS ETC.
HASDTA AHI TE PUEDO AYUDAR....

 #49471  por SIL_27
 
PLEASE ALGUIEN ME PODRIA CONTESTAR CON RESPECO A LA REGULARIDAD, O SEA LO PRIMERO QUE PREGUNTE, ES MUY MUY URGENTE GRACIAS

 #49598  por jorfelli
 
lo que yo tengo entendido es que para poder hacerle la moratoria tiene que tener inscrición en autónomos... lo de pagar un año monotributo yo nunca lo usé (no se me presentó el caso), no sé otros colegas si lo habrán hecho... parecería viable... pero nunca se sabe... es un año de pagar $92.44 o sea $1109.28... y que sean en término!

 #49910  por ilvinavaleria
 
para mi no es viable, igualmente fijate que creo que òdes comprar sdm, voy a averiguar y despues lo subo. suerte!

 #49943  por Aprendiendo
 
yo estoy viendo el tema de SDM para que una sra le otorguen la pension.
pero no completando los 30 años con moratoria, no porque no quiera sino que esta persona tiene mas de 17 años trabajados y justo están dentro del periodo que se podría estar comprando por moratoria, lo cual no sumo muchos años mas, lo que estoy viendo es de poder regularizar la situación con la compra de SDM, en este caso serian 18 meses dentro de los últimos 30 meses, cuando le comente a la iniciadora la compra de los SDM se me quedo mirando, primero me dijo que no, pero después lo consulto con otra y entre las dos dijeron TODO VALE, al escuchar yo eso, le dije si yo no te digo nada de regularizar la situación y compro esos 18 mese y luego que estén acreditados y venga al turno vas a ver que hay regularidad y no me pedirás cert de serv ya que se aplica el 980, y me dijo tenes razón, por lo cual me dijo se tendrá que inicializar el tramite pero no se si lo aprobaran. Y LE TERMINE DICIENDO QUE AUNQUE SE ESTEN PAGANDO DESPUES QUE FALLECIO ESOS AÑOS SERIA LO MISMO QUE SI UNO PAGA AHORA UNA MORATORIA, CON LA DIFERENCIA QUE SI O SI LA PERSONA TUVO QUE ESTAR INSCRIPTO EN AUTONOMOS ANTES DE SU DECESO, pero creo que esto serviría para quien nunca lo estuvieron. QUE OPINAS DE LO QUE TE COMENTO??????????, esto se lo mande tambien a otra persona del foro, pero no esta muy al tanto con SDM por eso lo subo a este post.

 #49947  por SIL_27
 
HOLA TE AGRADEZCO T INTERES EN CONTESTARME, PERO LAMENTO DECIRTE QUE ME CONFUNDI AUN MAS, ES QUE NO ESTOY MUY EMPAPADA DEL TEMA EN REALIDAD, ES MI PRIMER PENSION Y NOSE COMO MANEJARLO IGUAL MUCHISISISIMAS GRACIAS!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

 #50063  por ilvinavaleria
 
Pensiones con sdm
circular GP 52/04:

Buenos Aires, 29 de Julio de 2004


CIRCULAR GP Nº 52/04

Prestación Básica Universal- Acreditación de los Servicios- Retiro por Invalidez- Pensión por Fallecimiento de Afiliado en Actividad- Condición de Aportante-Régimen de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico- Ley Nº 25.239


"Para acreditar los servicios con aportes pertenecientes a los empleados del servicio doméstico a partir de la vigencia de la Ley Nº 25.239, será considerada como prueba suficiente a los fines de determinar el derecho a la Prestación Básica Universal (PBU) prevista por los artículos 19, 37 y 38 de la Ley Nº 24.241, como así también para establecer la condición de aportante exigida por el artículo 95 de la Ley Nº 24.241 y su reglamentación, aplicable al Retiro por Invalidez y la Pensión por Fallecimiento de Afiliado en Actividad, los datos que surgen del SIJP a nombre del trabajador bajo el número de CUIL/CUIT y con la leyenda "SDM", ya que la disposición de contenido previsional que dimana del artículo 6º del Título XVIII de la Ley Nº 25.239, no se encuentra aún reglamentada por la Autoridad Competente en la materia (art
 #50236  por rachelcba
 
SIL_27 escribió:HOLA, COMO ANDAN? TENGO UNA DUDA QUERIA SABER SI ALGUIEN ME PODRIA AYUDAR :


SE TRATA DE UNA PERSONA QUE TIENE 56 AÑOSY TIENE 12 AÑOS 11 MESES DE APORTES EN RELACION DE DEPENDENCIA, EL ULTIMO APORTE LO TIENE EN DICIEMBRE DEL 2000, O SEA NO ENTRA ENTRA EN NINGUNA DE LAS OPCIONES DE APORTANTE REGULAR O IRREGULAR, MI PREGUNTA ES SI SE PUEDE HACER UNA MORATIA POR LOS 30 AÑOS O LE HAGO PAGAR UN AÑO COMO MONOTRIBUTISTA, PORQUE TENGO MIEDO MIEDO DE HACERLE NA MORATORIA Y QUE NO LE DEN EL 66 % DE INVALIDEZ. POR FAVOR ME AYUDAN!!!!!!!!!
Hola SIL: Todos tenemos dudas en este tema. Por lo que leí en el foro la moratoria la podés usar para completar los 30 años o los 15 años ( siempre que tengas 12 meses dentro de los últimos 5 años), pero la persona tiene que haber estado inscripto en autónomo. En tu caso tu cliente no estuvo inscripto en autónomo, y quizás sea viable la posibilidad que planteás de hacerle pagar durante un año el monotributo (siempre en término) y despúes del año darle la baja, e iniciar la jubil x invalidez, porque ya tendría la inscrip de autón y podrías hacerle lo que te falta para los 15 años por moratoria, si es que todavía está vigente la ley !!. NO se si me entendiste. Tampoco estoy segura que sea lo correcto, esperá la opinión de otros foristas. OJO no te olvides del porcentaje de incapacidad que es fundamental !!

 #50377  por ilvinavaleria
 
aprendiendo te asubí la resolucion . Un beso! :D