Hola foristas!! mi consulta es acerca del juez competente.
Tengo que iniciar una demanda contra Claro (AMX ARGENTINA S.A.) en el marco de la 24240. Estoy en pcia. de Bs. As. en consecuencia me rijo por la 13133, el tema es que allí se preveía la competencia ordinaria pero el artículo 30 fue vetado por decreto.
Al demandar a una empresa de telecomunicaciones tengo que observar las disposiciones de la Ley de Telecomunicaciones que prevee competencia federal para esta materia, pero tengo entendido que cuando la pretensión es reclamar por daños derivados de la deficiencia en la prestación del servicio la competencia es ordinaria.
Si alguien entiende lo mismo y tiene doctrina o jurisprudencia para indicarme se los agradezco!!!! Si entienden que estoy equivocada... también agradezco que me lo digan (es preferible que lo digan uds. en este marco y no el juez en el proceso!!)
Espero no haber mareado a nadie!! Mil gracias.
Tengo que iniciar una demanda contra Claro (AMX ARGENTINA S.A.) en el marco de la 24240. Estoy en pcia. de Bs. As. en consecuencia me rijo por la 13133, el tema es que allí se preveía la competencia ordinaria pero el artículo 30 fue vetado por decreto.
Al demandar a una empresa de telecomunicaciones tengo que observar las disposiciones de la Ley de Telecomunicaciones que prevee competencia federal para esta materia, pero tengo entendido que cuando la pretensión es reclamar por daños derivados de la deficiencia en la prestación del servicio la competencia es ordinaria.
Si alguien entiende lo mismo y tiene doctrina o jurisprudencia para indicarme se los agradezco!!!! Si entienden que estoy equivocada... también agradezco que me lo digan (es preferible que lo digan uds. en este marco y no el juez en el proceso!!)
Espero no haber mareado a nadie!! Mil gracias.