Hola a todos, quiesiera si alguien puede darme uan mano. Tengo un cliente que tenia un homonino con el numero de DNI , y hace como 5 años le llego una carta de la Camra electoral informandole tal situacion y que debia pasar a que le rectifiquen el numero. lo caul hizo pero hasta el dia de hoy tiene inconvenientes porque le sigue saliendo el numero viejo y cada vez que tiene que realizar algun tramite debe presentar el documento viejo y el nuevo y estar aclarando la situacion. Ahora quiere casarse, y resulta que no puede por este motivo, para eso debe viajar hasta Venado Tuerto para poder solucionarlo. Y el vive aqui en Capital Federal, y por su trabajo no puede ir. Mi pregunta es inicio reclamo administrativo previo para iniciar el daños y perjucios? o solo inicio la demanda?? dado que el art. 32 de LPA dice que no es necesario en el caso de daños y perjuicios. Y tambien si saben cuanto seria el monto por los daños?? Gracias!!! ROCIO.