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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #4768  por amg
 
En SICAM 1 incluyen el período ampliado aparte de ponerlo en beneficios con el art.3 o 38 y despues de liquidar lo colocan en periodo ampliado en el SICAM 2 ? o ponen el periodo ampliado solo en el beneficio en SICAM 1, liquidan y amplian el período en SICAM 2?
 #4771  por laurab
 
amg escribió:En SICAM 1 incluyen el período ampliado aparte de ponerlo en beneficios con el art.3 o 38 y despues de liquidar lo colocan en periodo ampliado en el SICAM 2 ? o ponen el periodo ampliado solo en el beneficio en SICAM 1, liquidan y amplian el período en SICAM 2?
En Sicam 1, va todo el perìodo al que vas a aplicarle el beneficio (art 3 o 38), aunque no sea parte de su sit de rev originaria. Lo cargás en sit de rev y le aplicás el benef.
En Sicam 2 va solo lo que efectivamente vas a comprar por moratoria (y que no es parte de su sit de rev originaria), porque no hay posibilidad de aplicar beneficios en sicam 2: todo lo que pongas ahì, se paga. Suerte!

 #4812  por amg
 
Laurab: Gracias por tu aclaración, la voy a preparar y para quedarme tranquila se las mando para que la vean. Gracias

 #4814  por maria lujan
 
Tenes que usar sicam I y II? porque no siempre es necesario, cuando no tiene telex de autonomos o no hay pagos registrados haces todo en sicam I (o sea situacion de revista original mas beneficios). Suerte.

 #4877  por amg
 
Prepare este SICAM que requiere de ampliación de períodos porque el Sr. tenía pagos en distintas categorias de autónomos:
Hombre.Nacido el 12/8/37 (69 años).Cumplio 18 años 12/8/55. Inicio 06/72 Cese en el 06/95. Exceso de edad 4 años y 3 meses. Reconocimiento por exceso de edad 2 años y 1 mes.

Situacion de revista SICAM 1:
05/67 a 05/72 código actividad 898
06/72 a 07/75 " " 53
08/75 a 06/85 " " 51
07/85 a 09/94 " " 299
10/94 a 06/95 " " 745

Beneficio SICAM 1:
05/67 a 05/72 art.3

SICAM 2:
05/67 a 05/72

LES AGRADECERIA QUE ME LO REVISEN PORQUE NUNCA HICE UNA CON AMPLIACION DE PERIODO.
G R A C I A S

 #4889  por francisco
 
Hola, amg, me parece que estas tomando los beneficios de menos, no tenes que tomar 7 años? si el cese es 95 revisalos
Y me parece que la situacion de revista tiene meses de menos (como 11) revisala
Y si en sicam 1 pones esos años que tomas para beneficios no los tenes que repetir en sicam 2.
Revisa todo, armala como te parezca mejor y si queres enviala de nuevo para que la revisemos entre todos.Saludos.

re

 #4892  por SIL.PE
 
francisco escribió:Hola, amg, me parece que estas tomando los beneficios de menos, no tenes que tomar 7 años? si el cese es 95 revisalos
Y me parece que la situacion de revista tiene meses de menos (como 11) revisala
Y si en sicam 1 pones esos años que tomas para beneficios no los tenes que repetir en sicam 2.
Revisa todo, armala como te parezca mejor y si queres enviala de nuevo para que la revisemos entre todos.Saludos.
HOLA CHICAS/OS :) :lol:
Coicido con Fran.Sicam II o ampliación de periódos van los periodos a comprar que sean inicio anterior a situación original de autonomos (TELEX) no se repite lo que ya esta en sicam I.

Respecto a los beneficios,siempre tenes que prescribor los años mas nuevos,siempre que NO ESTEN PAGOS ,porque son los mas caros y se achica mucho la deuda....
SEGUIMOS A LA ESPERA DE MAS OPINIONES :wink:

SALUDOS CORDIALES A TODOS.SIL

 #4893  por amg
 
Me parece que tengo un matete barbaro:
Te cuento lo que hice para que me digas donde estoy razonando equivocadamente:
Si me reconocen por exceso 2 años y 1 mes, necesito 27 años y 11 meses para juntar 30 años.Si tiene 23 años de sit. revista original (aportes efectivamente hechos) tengo que comprar 4 años y 11 meses antes del inicio de actividad que es 06/72 por eso amplio desde 05/67 hasta 05/72 (que son 4 años y 11 meses)

Otra cosa: El período 05/67 a 05/72 que es lo que amplio, lo pongo solo en beNeficios art 3 de SICAM 1 y en periodo ampliado SICAM 2 o también va en situación de revista junto con el período efectivamente pagado.?

ESPERO TU AYUDA...SOS

 #4894  por francisco
 
Amg, agregaste un pequeño detalle"tiene pagos esos 23 años???? es importante que lo aclares para ver como se puede hacer sit.rev. Francisco

 #4895  por SIL.PE
 
amg escribió:Me parece que tengo un matete barbaro:
Te cuento lo que hice para que me digas donde estoy razonando equivocadamente:
Si me reconocen por exceso 2 años y 1 mes, necesito 27 años y 11 meses para juntar 30 años.Si tiene 23 años de sit. revista original (aportes efectivamente hechos) tengo que comprar 4 años y 11 meses antes del inicio de actividad que es 06/72 por eso amplio desde 05/67 hasta 05/72 (que son 4 años y 11 meses)

Otra cosa: El período 05/67 a 05/72 que es lo que amplio, lo pongo solo en beNeficios art 3 de SICAM 1 y en periodo ampliado SICAM 2 o también va en situación de revista junto con el período efectivamente pagado.?

ESPERO TU AYUDA...SOS
A ver si entendi,los periodos figuran pagos SEGURO ?????en Telex(son autonomos?)
son desde el 06/1972 a 06/1995 (= 23 años y 1 mes)

El tema es poner periodos para atras de lo que figura en incio de actividades (TELEX),que segun tengo entendido va en ampliacion SICAM II,(pero no los poder prescribir si estan en sicam II)

La verdad no se como se haria en ese caso,si hay posibilidad de poner en BENEFICIOS solamente esos años que te faltan prescribir para llegar a 27 años y 11 meses de servicios que necesitas
Coicido con Fran,me parece que te faltan meses me da 27 a y 4 meses en tu SICAM....fijate.....
QUEDARIA ESTABLECER ESOS AÑOS QUE TE FALTAN PARA ATRAS DEL INICIO ORIGINAL,EN QUE PARTE UBICARLOS EN SICAM....
ALGUIEN QUE NOS AYUDE¡¡¡¡¡¡¡ :idea: :lol: :wink:
SALUDOS.SIL

 #4896  por francisco
 
Para cerrar, si tiene pagos esos 23 años que nos queda la duda, si fuera un caso mio yo pondria:
En Sicam 1
06/72 ....etc.todo el periodo de pagos autonomos hasta el 95
y ademas 06/65 a 05/72
Beneficios:
06/65 a 05/72: art.3 ley 24476
Que les parece amg y Sil????
Me olvidaba ley 25994 art.6to

 #4899  por francisco
 
Se borraron Amg y Sil???me voy a dormir un rato, espero contesten para mas tarde. :lol: :lol:

 #4914  por SIL.PE
 
francisco escribió:Se borraron Amg y Sil???me voy a dormir un rato, espero contesten para mas tarde. :lol: :lol:
HOLASSS
ACA DE NUEVO,....(ME FUI A PASEAR UN RATO POR LAS SIERRAS DE PUNILLA :) )

SI ESTA BIEN FRAN TU PLANTEO,PERO ME QUEDA EN LA DUDA SI TE ACEPTA COLOCAR PERIODS DE ANTES DE FECHA DE INICIO DE ACTIVIDAD AUTONOMOS EN SICAM I (ESO VA EN AMPLIACION-SICAM II)
Y LEI 2 COSAS DISTINTAS EN CASOS SIMILARES A VER QUE ENTIENDEN UDS.:
1) poner los años que faltan para llegar a los servicios exigidos despues del 1995 y en beneficios prescribirlos por el art. 1 de ley 25321,...pero no se....
yyy/OOOO
2) poner directamente esos años (1965/a 1972 ) es decir antes de inicio original de autonomos en beneficios por el art. 3 ley 24476....

BUENO ESPERO ALGUIEN NOS AYUDEEE A RESOLVER,ESTAMOS MAS CERCA YA.PERO NO ESTAMOS SEGURAS Y SABEMOS Q ACA NO DEBEN HABER ERRORES NI SIQUIERA MINIMOS :) :P :?: :?:

ESPERO RESPUESTAS MUY ANSIOSA...Y SI APARACE UN CONTADOR QUE OPINEEEEEEEE POR FAVOR :shock:

BESOS.SIL
:wink:

 #4926  por amg
 
Francisco y Sil, disculpen pero me tuve que ir a una Comunión y acabo de llegar.
Francamente me siento una tarada por no haberles dado información que ahora veo que era fundamental. La realidad es que este SICAM fue el primero que hice en abril y antes de conocer este foro. Cuando lo hice la primera vez me equivoque con uno de los montos de pagos a validar y tuve que hacerlo rechazar, despues cuando lo reingrese le puse la ampliación de períodos y no le puse níngún beneficio con lo cual la cuota de $ 174 que pagaba se fue a 289.- lo hice rechazar nuevamente y si me equivoco otra vez... (Francis entendés mi peligro de muerte) La verdad el tipo es macanudo por eso no quiero equivocarme.

Los 23 años son de aportes que hizo el Sr. pero no solo tiene deuda desde 06/77 a 9/80 y desde 04/84 a 03/94 sino que aparte le ingrese pagos a validar de los cuales aún no tengo resolución.

LES AGRADEZCO SU APOYO Y LES PIDO ME TIREN UNA SOGA...(AYUDA, NO PIENSO SUICIDARME)

 #4941  por amg
 
Ya arme un nuevo SICAM, les transcribo de nuevo los datos para que no tengan que pasar de un lugar a otro:
Hombre.Nacido el 12/8/37 (69 años).Cumplio 18 años 12/8/55. Inicio 06/72 Cese en el 06/95. Exceso de edad 4 años y 3 meses. Reconocimiento por exceso de edad 2 años y 1 mes.
Tiene deuda desde 06/77 a 9/80 y desde 04/84 a 03/94. Mande pagos a validar de los cuales aún no tengo resolución.

Sit. de revista (23 años y 1 mes)
06/72 a 07/75
08/75 a 06/85
07/85 a 09/94
10/94 a 06/95

Ampliacion
06/65 a 05/72 (7 años)

Beneficio
09/84 a 09/93 art 3 (9 años y 1 mes)


GRACIAS