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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #436142  por coraso
 
Hola, hago una pregunta que en realidad corresponde a Laboral, pero la verdad comprobé que en otras ramas el foro no es tan bueno como este. Asique aprovecho y se las pregunto acá. En previsional ya vimos fallos que ordenan no descontar ganancias al retroactivo, mi duda es: en laboral se decuenta ganancias de la liquidación final por despido?
Gracias
 #494233  por Gustavo36
 
Impuesto a las Ganancias - AFIP

Estimados,
les consulto sobre este tema, espero alguno sepan aclararme el panorama.

He sido desvinculado de una empresa, la cual me ha liquidado toda la indemnización correspondiente. Tambien me han hecho descuentos de ley...etc. etc.
Uno de los item de descuento es el impuesto a las ganancias, que la verdad me parece contradictorio que te esten despidiendo y te descuenten ganancias.

Algunos conocidos me han dicho que averiguara bien, que ese importe la AFIP me lo tiene que devolver. Me han respondido lo siguiente (en letra azul), pero la verdad que entre tanto texto técnico no sé bien si corresponde reclamar.

Por esto le pido si alguno sabe algo mas del tema lo comente.

Desde ya muchas gracias
Saludos


Asunto: Impuesto a las Ganancias. Resolución General 2437(AFIP) y sus modificatorias. Presentación de formulario N° 649. Consulta.

En respuesta a la consulta formulada se informa que el inciso i) del artículo 20 de la ley de impuesto a las ganancias, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, establece que se hallan exentas ”... Las indemnizaciones por antigüedad en los casos de despidos y las que se reciban en forma de capital o renta por causas de muerte o incapacidad producida por accidente o enfermedad, ya sea que los pagos se efectúen en virtud de lo que determinan las leyes civiles y especiales de previsión social o como consecuencia de un contrato de seguro...”. Lo que exceda dicho monto, está sujeto al tributo.
 #494272  por hugo2
 
coraso escribió:Hola, hago una pregunta que en realidad corresponde a Laboral, pero la verdad comprobé que en otras ramas el foro no es tan bueno como este. Asique aprovecho y se las pregunto acá. En previsional ya vimos fallos que ordenan no descontar ganancias al retroactivo, mi duda es: en laboral se decuenta ganancias de la liquidación final por despido?
Gracias
Esta gravado todo salvo en rubro antiguedad ( claro una vez realizado las deducciones de ley )