Hola colegas!, es mi primer caso de accidente de trabajo y tengo muchas, muchas dudas... y antes de enviar los TCL y "meter la pata" jajaja, quiero comentarles la situación y que me den su parecer orientándome al respecto. Les paso a contar: mi cliente es trabajador de la industria de la construcción, trabaja desde hace mas de tres años para dos arquitectos que lo ubican en distintas obras a medida que van terminando las anteriores. Aproximadamente a mediados del año 2008 el trabajador sufre un "accidente de trabajo in itinere" cuando salía de una de las obras y se dirigía a su casa. En esa oportunidad es interceptado por dos ladrones que a punta de arma y tras robarle sus pertenencias y bicicleta lo dejan literalmente “hecho un colador”… (recibe dos disparos en una de sus piernas y otro en la mano izquierda que le rompe dos de sus dedos el anular y el mayor) fue operado por las lesiones sufridas y el empleador durante los cuatro meses que llevo su recuperación con reposo se acercaba a su hogar a llevarle $180 (fue esa la única retribución que obtuvo el trabajador). No obstante haber quedado con incapacidad en su pierna y con la flexibilidad de sus dos dedos lesionados, prácticamente inexistente, y pese a que en un principio el empleador no quería volver a ocuparlo laboralmente; vuelve a trabajar con el mismo empleador en una nueva obra de construcción. En este nuevo lugar y durante el transcurso del mes de octubre de este año sufre un nuevo accidente, pero esta vez en el lugar de trabajo, a causa del cual se quiebra el dedo meñique de su mano derecha. Ante el nuevo accidente sufrido la empleadora no le reconoció absolutamente nada, ni siquiera fueron capaces de llevarlo al médico… no le permitieron que faltara para hacerse las curaciones necesarias porque le descuentan los días, como el trabajador carece de obra social y de ART por no estar registrado, las curaciones y la posible operación debía hacerla en hospitales públicos donde los turnos para las atenciones son a años luz unos de otros, por lo que hoy día y luego de tres meses del accidente ya no hay solución. Hoy el dedo no tiene movilidad (esta prácticamente colgando) ya no tiene mucha solución según lo que le dicen los médicos, porque debió haber sido operado de inmediato….
Mis preguntas son las siguientes:
1- ¿Puedo en la actualidad intimar al empleador, además de a que proceda a la registración de la relación de trabajo, abone diferencias salariales conforme a la real remuneración que hubiera correspondido percibir, etc… puedo intimarlo por los dos accidentes sufridos por el trabajador?
2-Debría intimar a que denuncie ART…?
3-No debería el trabajador haber denunciado el accidente cuando lo sufrió?? En cuanto a esto último por lo que estuve leyendo si el empleador tomó conocimiento de otra forma no es necesario….
3-Debería consultar con un médico legista para que me oriente según su parecer sobre el grado de incapacidad laborativa que hoy detenta el trabajador???
4- Al intimar telegráficamente lo debo hacer solo contra los arquitectos o podría accionar contra la empresa para la cual se está llevando adelante la construcción de la obra en que el trabajador se lesionó??
5-En cuanto a la acción judicial, debo pedir que se declare la inconstitucionalidad de la LRT e intimar por la aplicación del derecho común (alguien podría facilitarme un modelo de demanda ¿??)
6- Cuáles son las pruebas más importantes que necesito recopilar para el caso??
Se que son muchas las dudas, pero agradecería mucho sus opiniones.-
Desde ya muchas, muchas gracias.-
Mis preguntas son las siguientes:
1- ¿Puedo en la actualidad intimar al empleador, además de a que proceda a la registración de la relación de trabajo, abone diferencias salariales conforme a la real remuneración que hubiera correspondido percibir, etc… puedo intimarlo por los dos accidentes sufridos por el trabajador?
2-Debría intimar a que denuncie ART…?
3-No debería el trabajador haber denunciado el accidente cuando lo sufrió?? En cuanto a esto último por lo que estuve leyendo si el empleador tomó conocimiento de otra forma no es necesario….
3-Debería consultar con un médico legista para que me oriente según su parecer sobre el grado de incapacidad laborativa que hoy detenta el trabajador???
4- Al intimar telegráficamente lo debo hacer solo contra los arquitectos o podría accionar contra la empresa para la cual se está llevando adelante la construcción de la obra en que el trabajador se lesionó??
5-En cuanto a la acción judicial, debo pedir que se declare la inconstitucionalidad de la LRT e intimar por la aplicación del derecho común (alguien podría facilitarme un modelo de demanda ¿??)
6- Cuáles son las pruebas más importantes que necesito recopilar para el caso??
Se que son muchas las dudas, pero agradecería mucho sus opiniones.-
Desde ya muchas, muchas gracias.-