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 #494460  por ralice
 
hola ante todo, queria hacerle una consulta a los penalistas que ejercen en pcia de Bs As, ya que yo me recibi el año pasado e hice el practico en capital, tengo una duda la querella en pcia es igual a constituirme como particular damnificado, ya que tengo un caso de lesiones graves y no se si ademas debo constituirme en el mismo escrito como actor civil, sobretodo porque despues pienso recurrir a la via civil por daños y perjuicios, y no se que es mas tactico '¿'¿'¿' se entiende, desde ya muchas gracias y éxitos a todos.
 #494482  por federico2
 
Es idéntico ser PD a querellante. En cuanto a la acumulación de acciones, la desaconsejo. Reclamo económico en su sede natural.