Hola a todos.Soy nuevo en el foro y también en la profesión.Tengo un caso para presentar la demanda por reajuste y hay un item que no puedo resolver.-
El sr.se jubilo en 1981,según el expediente le tomaron los últimos 5 años para promediar el haber jubilatorio futuro ,y luego los mejores 3 años.-
Resulta que este Sr.tiene remuneraciones bastante mayores en el período que va del año 6 al 10,anterior al cese.-
Por todas las busquedas que hice,no pude encontrar ninguna normativa que respalde esa forma de calcular por la administración.Siempre veo que son los últimos 10 años.Yo quiero pelear la forma de calcular que se efectuo en este expediente pero necesito saber que normativa tengo que leer para poder refutarla.
Si alguién la sabe ,la espero desde ya agradeciendo la invalorable ayuda que me dan.-
Muchas Gracias.-
El sr.se jubilo en 1981,según el expediente le tomaron los últimos 5 años para promediar el haber jubilatorio futuro ,y luego los mejores 3 años.-
Resulta que este Sr.tiene remuneraciones bastante mayores en el período que va del año 6 al 10,anterior al cese.-
Por todas las busquedas que hice,no pude encontrar ninguna normativa que respalde esa forma de calcular por la administración.Siempre veo que son los últimos 10 años.Yo quiero pelear la forma de calcular que se efectuo en este expediente pero necesito saber que normativa tengo que leer para poder refutarla.
Si alguién la sabe ,la espero desde ya agradeciendo la invalorable ayuda que me dan.-
Muchas Gracias.-
