Compañeros foristas, tienen alguna idea si al personal miltar lo encuadra una ley especial por la cual se los excluya de la ley de concursos y quiebras como sujetos concursables? Desde ya mi agradecimiento por la información que puedan brindar.
En principio no son sujetos concursables, pero no porque sean militares sino porque no son comerciantes y al no llevar los libros que prescribe el art. 11 de la LCQ, no se les puede proveer el concurso.
Lo que podés hacer es, si tu cliente tiene alguna otra actividad remunerada, inscribirlo como monotributista, porque el monotributista está eximido de la obligación de llevar libros de comercio, y ahí si armar un concurso. No es tan sencillo, de todos modos.
Hablá con algún contador que sabe de las eventuales incompatibilidades entre el haber militar y el régimen de monotributo -nunca tuve un caso de esas características- y armate algún chamuyo digno para explicarle al juez la evolución/involución comercial de tu cliente, de alguna manera vas a tener que explicarle al juez las circunstancias que llevan a tu cliente al concurso.
