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  • pregunta sobre caducidad

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 #495839  por Rubito
 
Estimados y jovenes abogados: les hago una pregunta a ver si me orientan. Hace dos años un colega presento una demanda, que jamás notificó, su cliente ahora me viene a ver para que continue o sea mueva el expediente, si notifico creo que me van a interponer la caducidad sin titubear, ahora bien, la pregunta es, como actor y a los efectos de evitar futuras nulidades puedo pedir una resolución de caducidad...para entonces si iniciar uno nuevo, por que no esta prescripta la acción. Gracias.
 #495945  por sole10
 
¿Dónde tramita el juicio? ¿Capital Federal o Pcia.de Buenos Aires?

La caducidad de instancia no tiene el mismo procedimiento en ambas jurisdicciones.

Ahora,pedir la propia caducidad de instancia,no está contemplado en los Códigos Procesales;éste modo anormal de terminación del proceso,sólo puede solicitarlo la parte contraria a la interesada en impulsar el acto procesal en cuestión.
 #496019  por SILVESTRE
 
colega, lo que te informa sole 10 ademas de correcto es fundamental, ya que no esta previsto que se el propio actor el que pide la caducidad.-
Ademas si el el juicio tramite en pcia. no hay ningun problema ya que previo a resolver el pedido de caducidad te intimaran a activar el expediente y en el estadio procesal que estas no va a tener incoveniente.-
Consejo impulsa el tramite. y si te plantean la caducidad, entra al portal y te tiro datapara defenderte.-
suerte!!