Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • MULTAS LEY 24013

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #497440  por Dra.pi
 
HOLA!

UN CLIENTE LE HACE JUICIO A SU PADRE. 10 AÑOS DE ANTIGUEDAD. TRABAJO EN NEGRO. LE MANDA EL PRIMER TELEGRAMA INTIMANDO REGISTRE LA REL LABORAL, ETC ETC, EL EMPLEADOR CONTESTA NEGANDOLO. A LOS 15 DIAS EL EMPLEADO MANDA OTRA TELEGRAMA CONSIDERANDOSE DESPEDIDO (NO DEJO TRANSCURRIR LOS 30 DIAS). MI PREG ES:

1) PIERDE LA LEY DE EMPLEO POR NO DEJAR PASAR LOS 30 DIAS? O AL HABER CONTESTADO EL EMPLEADOR NO LAS PIERDE?

2) NO MANDARON TELEGRAMA A AFIP SIMULTANEAMENTE.. SE PIERDEN LAS MULTAS?

3) QUE PLAZO TENGO PARA MANDAR TELEGRAMA A AFIP?

MUCHAS GRACIAS!!

SALUDOS...

DRA. PI
 #497695  por Romina34
 
asumo que en el telegrama el empleado intimo correcta registración, y por su parte el empleador respondió negando la relación y por ende la registración, correcto? en ese caso, entiendo, que se podría considerar despedido aunque no pasaron los 30 días, dado que el empleador respondió negando la relación y la registración.
es requisito para que prosperen las multas de la ley 24013, cumplir con los requisitos mencionados en dicha ley, entre ellos notificar a la afip. dicha notificación se debe hacer en forma simultanea con el envío del telegrama al empleador, o dentro de las 24 hs de haberlo hecho.
saludos,