Hola a todos. Les consulto por el padre de mi esposa, quien se jubilo en 1991 por la 18037, me hizo esta consulta y yo no tengo muy claro lo de Previsional. El trabajaba en dos empleos, uno en Aerolineas y otro en Ezeiza, aportando para los dos durante mas de 30 años. Lo que quiero preguntarles se refiere a la jubilacion que el deberia estar cobrando: ¿seria un importe similar al que estaria cobrando un empleado en actividad en LOS 2 EMPLEOS O SOLO EN UNO DE ELLOS?. Por ej. si una persona tiene 2 trabajos ahora, uno en Ezeiza y otro en Aerolineas y cobra $2000 por c/u de ellos, la jubilacion segun la 18037 ¿seria el 82% de $2000 o $4000?. Les pregunto para no demandar inutilmente y que me digan los tribunales que esta cobrando correctamente, porque la 18037 dice "quien desarrolle mas de una actividad en forma simultanea, aportara por c/u de ellas", pero no dice "la jubilacion sera duplicada o triplicada segun si el contribuyente realizo aportes dobles o triples". Gracias por su ayuda.
