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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #497636  por dhcjunin
 
Mi consulta es por un caso que me llego y tengo muchas dudas.
El caso es que una clienta que es enfermera de un hospital publico sufrió un accidente de trabajo que le provocó hernia de disco, pero la ART le rechazo la denuncia diciendo que era preexistente, por lo que recurrió a la comision medica y esta también dijo que era preexistente pero reconocio accidente de trabajo la lumbociotalgia, a ese dictamen lo apelo ante la C. M central quien lo confirmo porque lo que tambien se apelo y despùes de idas y venida el expèdiente se radico en los tribunales laborales, en donde el primer proveido dice: Se hace saber radicacion y notifiquese a las partes a que peticionen conforme a derecho.
Mis preguntas son?
Si a esta altura solo debo fundaentar el recurso?
si puedo desisitir del mismo y presentar la demanda por enferm,edad accidente y buscar la reparacion integral contra la aseguradora y el empleador (Pcia Bs As)
El caso me llegó en esta instancia.-
 #497744  por MatiasCBA
 
La ley de riesgos establece que se puede apelar a la CM central o a los tribunales federales. Sin embargo esto es inconstitucional, creo que es el art 39 de la ley de riesgos.

Lo que hago yo normalmente es apelar el dictamen de la comision medica y pedir la incostitucionalidad del fuero federal y entablo demanda ordinaria contra la ARt para lograr un acuerdo rapido, salvo que el trabajador haya sido despedido o no queira seguir trabajando