Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • TENENCIA, ALIMENTOS, HIJA MENOR EN CONCUBINATO

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #497570  por ORIANA
 
HOLA! ESTIMADOS COLEGAS, tengo un caso asì: mi cliente tiene la tenencia de su hijo varon de 16años pero hace unos meses la madre se lo llevò con ella. en la actualidad el menor trabaja en horario nocturno y abandonò el colegio.¿ que debo hacer denunciar este hecho en el expediente de tenencia? y solicitar el reintegro?
la madre tiene la tenencia de las hijas mujeres e inicio juicio de alimentos, una de ellas a de 17 años etàs embarazada y vive en concubinato ¿ en este caso corresponde igualmente que el padre le pase alimentos?

por favor contestenme que estoy desorientada.

saludos a todos
 #497677  por kantaclaro
 
La tenencia era una situación de hecho o había sido otorgada por la justicia?. Si es lo 1º, deberá solicitarlo judicialmente en un expte. abierto al efecto y si es lo 2º requerir la restitución en aquél en el cual se otorgó.
Para el caso de la hija en concubinato podría el padre, en conocimiento de dicha situación, ser eximido de pasarle alimentos. Saludos y suerte
 #497712  por ORIANA
 
GRACIAS POR RESPONDERME, t cuento que la tenencia fue acordada judicialmente, entonces¿ solicito el reintegro en ese expediente?.

el tema del concubinato lo pruebo con testigos y el embarazo solicitando se libre oficio al hospital donde se controla?.
gracias!
 #497782  por E8F3I1D7
 
En el mismo expte. que le fue otorgada la tenencia te sugiero que interpongas como incidente el Hecho Nuevo puesto que se modificó la situación fáctica (ahora dejó los estudios y trabaja)destacando los riesgos que implica para su vida adulta carecer de una formación educativa formal y agregaría los riesgos del trabajo nocturno para un adolescente (como para cualquier otra persona ) pero se agrava porque se trata de hijo de padres divorciados o separados de hecho, teniendo en cuenta que en esta sociedad argentina aún hay prejuicios al respecto, con lo cual, la situación emocional del menor no es la misma , bla, bla, bla.- Respecto de la hija embarazada, si el embarazo es ostensible no creo que sea necesario el oficio al nosocomio en que se controla, todo depende del juzgado que entiende en el proceso y obviamente, la provincia ya que según las regiones de nuestro país, las personas son alguna conservadoras y otras no tanto, no es lo mismo el juez de Salta que el de Santa Fe o de Capital Federal.- Slds.