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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #497773  por drprev
 
hola tengo una pregunta, queria saber si firmando esta declaracion jurada, la cual es una contratacion laboral en relacion de dependencia
en el ministerio de economia la cual dice esto:
1.NO HALLARSE INCURSO/A EN LAS INCOMPATIBILIDADES ESTABLECIDAS EN EL ART. 43 DEL DECRETO N° 34.952 DEL 08/11/1947, - REGLAMENTA LA LEY 12.954 (2) QUE CREA EL CUERPO DE ABOGADOS DEL ESTADO (BOLETIN OFICIAL DEL 13/11/1947), QUE SE TRANSCRIBE A CONTINUACION:

“ARTICULO 43.- Los abogados del Estado no podrán representar o patrocinar a litigantes en juicios en que el Estado Nacional, las Provincias, la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires o demás Municipalidades Locales sean parte, bajo pena de exoneración y perdida de los derechos jubilatorios de acuerdo al procedimiento que determinen las leyes sobre la materia; exceptuase el caso de defensa de intereses personales del abogado, de sus parientes consanguíneos, cónyuge o a fines de primer grado.
Exceptúense igualmente de la prohibición mencionada, los juicios de carácter universal en los que el Estado Nacional, Provincial o Municipal solo tiene un interés contra la universidad de bienes o la masa, limitando al cobro de un impuesto, tasa o crédito; en estos casos los abogados del Estado podrán representar o patrocinar los intereses privados aún cuando, en los aspectos indicados, estos puedan ser encontrados con los intereses del Estado, Provincia o Municipalidad.”

es o no compatible con ejercer el derecho previsional...?

gracias