Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Hombre ingreso al pais 1970

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #497987  por eli2010
 
Hola

Los molesto porque no soy abogada especializada en previsional, he hecho algunas jubilaciones con ayuda de ustedes, pero todas ellas sin mayores dificultades.
Ahora bien, tengo una duda enorme y temo preguntar una estupidez mayor, osea, creo que no se puede pero, que mejor que preguntarles a ustedes que son los que saben.

Hombre nacido 03/04/1939

Entrada al pais 17/03/70

Situacion de revista

04/1970 al 6/1979 401
01/1981 al 9/1993 401
10/1994 al 6/1998 401




RRDD 1 año 6 meses
art. 19 2 años 10 meses

Beneficio: art 3: 09/1991 al 09/1993

En realidad este señor nunca se inscribio como albañil, lo que planteo es posible?
Por favor no decir groserias.
 #498000  por estudiocm
 
Faltan datos: qué períodos son los trabajados en rrdd?
lo rosa qué significa? si es moratoria está mal
porqué de art. 3 2años y 1 mes?
el último aporte no es al 98? si es así la ddjj es de 5 años!
Me parece que todos empezamos con dudas y preguntando, pero lo mínimo que hay que hacer primero es leer. Lo de la ddjj es una simple tablita. Hay miles de post desde el inicio. las cuestiones jubilatorias no son simples trámites administrativos, y para los jubilados se trata de algo muy importante. Me parece que tendrías que leer mejor las leyes porque no es tan fácil como parece.
Igual todo bien, pero es un consejo para que si te querés dedicar a esto tomes en cuenta. En esta rama del derecho el 99% de la clientela se hace por recomendación y si te quemás de entrada se te va a complicar.
Contestame las preguntas de arriba y te voy ampliando el tema
saludos
Paula
 #498013  por eli2010
 
estudiocm escribió:Faltan datos: qué períodos son los trabajados en rrdd?
lo rosa qué significa? si es moratoria está mal
porqué de art. 3 2años y 1 mes?
el último aporte no es al 98? si es así la ddjj es de 5 años!
Me parece que todos empezamos con dudas y preguntando, pero lo mínimo que hay que hacer primero es leer. Lo de la ddjj es una simple tablita. Hay miles de post desde el inicio. las cuestiones jubilatorias no son simples trámites administrativos, y para los jubilados se trata de algo muy importante. Me parece que tendrías que leer mejor las leyes porque no es tan fácil como parece.
Igual todo bien, pero es un consejo para que si te querés dedicar a esto tomes en cuenta. En esta rama del derecho el 99% de la clientela se hace por recomendación y si te quemás de entrada se te va a complicar.
Contestame las preguntas de arriba y te voy ampliando el tema
saludos
Paula

Estimado Colega, creo que lo que nunca se debe de perder es la ubicación y el respeto, he leido bastante, que no haya sabido interpretar es otra cosa muy Distinta.
Gracias por tomarse el trabajo de contestar, igual por si su nivel intelectual y buena predisposicion se lo permite y tiene la deferencia de contestar nuevamente le digo:

Con respecto a la simple tablita, me equivoque al escribir la fecha (dado que habia hecho otra liquidacion, pues no creo que sea posible lo que planteo).
Los miles de post realmente no los he encontrado, si es tan gentil le agradeceria si me indicara alguno de ellos.
En ningùn momento sostuve que esto sea fácil y es por ello que he acudido a gente experimentada en el tema, como por ejemplo Usted.
En lo que ataña a RRDD los períodos quedan comprendidos entre el 01/07/1979 al 31/12/1980.

El primer calculo que realice exigia el pago de 3 años y 9 meses por SDM lo cual para este señor es un monto excesivo de afrontar, por ello es que planteo el caso anterior, anticipando que podía estar en un error.

Que tenga Usted una excelente semana. *leo*
 #498021  por estudiocm
 
Sigo sin entender lo rosa. Si ahí le ibas a comprar sdm no se puede, ya que se empieza desde 04/2000 en adelante.
Reitero, si ese es el cese le corresponden 5 años de ddjj
art. 19 tenés 2 años y 11 meses.
La cuenta me da que te faltan 3 años y 7 meses que sino tiene aportes luego del 93 vas a tener que completar si o si con sdm ya que lo de rrdd está dentro de lo que podría ser moratoria.
No creo haberte faltado el respeto en ningún momento y si necesitás información más detallada debés cargar tu tema en el buscador, es más fácil que leer todos los post. Y con relación a que no tenía mucho conocimiento, entendé que, ahora me aclarás que fue un error, pero mi presunción de falta de lectura se debió justamente a que calcular cuántos años de ddjj le corresponden a una persona es una de las pocas cosas "sencillas" que hay en este tema ya que es una simple tablita. Aclarado el tema, espero te sirva lo que te expliqué y tené bien en cuenta lo de sdm porque es así para todos los casos. Con relación a la ddjj hay años más caros que los que vos tomaste: te paso una tabla para que la tengas:
VALORES DE LAS CATEGORIA




00/00 a 12/70 50.70
01/71 a 03/72 54.76 01/03
04/72 a 05/77 65.29 05/02
06/77 a 06/80 76.23 03/01
07/80 a 09/80 70.59 00/03
10/80 a 03/84 60.45 03/06
04/84 a 09/91 70.59 07/06
10/91 a 05/94 60.45 03/05
06/94 a 08/95 78.62 00/06
09/95 a 02/96
Espero te sirva
saludos
Paula