Hola foristas:
Tengo que interponer una demanda en el contencioso y necesito saber si es lo mismo, y si se rigen por las mismas normas procesales la PRETENSIÓN MERAMENTE DECLARATIVA y LA ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA establecida en el art. 322 CPCC de la prov de buenos aires. Es una duda tonta quizás, pero no me quiero equivocar...gracias...
Tengo que interponer una demanda en el contencioso y necesito saber si es lo mismo, y si se rigen por las mismas normas procesales la PRETENSIÓN MERAMENTE DECLARATIVA y LA ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA establecida en el art. 322 CPCC de la prov de buenos aires. Es una duda tonta quizás, pero no me quiero equivocar...gracias...