Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • nuevo dueño demandado por un antiguo empleado. ayudaaa

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #464421  por laucba21
 
foro:
Tengo un nuevo caso en el cual se hizo una transferencia de fondo de comercio, sin las formalidad que ello requiere, es decir solo se cambio al dueño. Una vez ya intalado el nuevo dueño recibe un TCL de un antiguo trabajador, por un despido indirecto, del cual el no tiene conocimiento, pero es responsable solidario. Tiene el actual nuevo acciòn de repeticiòn contra el anterior dueño?
No se si va a ser procedente o no. espero su ayuda o hay alguna forma de desligarlo de la responsabilidad, el drama es que la Ley de Contrato de trabajo es clara RESPONSABILIDAD SOLIDARIA, desde ya muchisimas gracias
 #464436  por GU
 
1) Aclaranos un poco mas como se hizo la transferencia del fondo de comercio.

2) El despido indirecto es anterior a la transferencia del fondo de comercio?

Salutes!
 #464443  por DAL
 
De acuerdo al plenario Baglieri, responde el actual por toda la situación anterior, pero sí tiene accion de repeticion contra el obligado principal esto es civil y va por las reglas normales de solidaridad. El tema será que tenga fondos de donde responder!
 #464524  por laucba21
 
Dal:
Como siempre usted todo un emèrito en la materia. muchisimas gracias, estaba con esa misma duda si la acción de repetición era viable o no. El despido fue anterior a la transferencia del fondo y la misma fue hecha como la mayoria de hoy en dìa, se dìo el dinero en mano y el nuevo dueño empezó a atender al pùblico. Despues vienen con estos lios. el nuevo dueño no tienen la menor idea quien es este trabajador que està reclamando pero por el art. 222 o por ahì de la LCT responde solidariamente.
por lo que se tienen que hacer cargo del reclamo de este trabajador, despedido antes de que ell se haga cargo del negocio y despues realizar una acciòn de repetición civil. Muchisimas Gracias si alguien quiere seguir opinando binenvenidas las opiniones
 #464755  por DAL
 
Tal cual, y el conflicto lo tendrá en la accion de repetición en demostrar la operación de venta del establecimiento, ya uqe es civil y no laboral, y los jueces civiles no son tan indulgentes como los laborales. Pero eso es otro tema.
 #497824  por laucba21
 
lo que pasa es que el demandado es el antiguo dueño del establecimiento, por que en la demanda dice y/o el actual dueñe, mi cliente, el nuevo dueño no esta demandado. esa es la duda. me cliente en ningun lado sale demando, pero si dice y/o quien se el actual propietario.
 #498459  por Romina34
 
pero a tu cliente, actual propietario del negocio, le llegó la demanda o no?
 #498484  por DAL
 
Como comprobante para pedir la repetición tenes el juicio laboral y eventualmente tendrás la sentencia ya que el empleado debe probar la relación laboral con el transmitente. Dudo que el adquirente le reconozca la relación laboral!!
 #499066  por laucba21
 
fue así:
mi cliente estaba en el negocio, le llega la demanda, en la cual decia que se demandaba a fulano de tal (antiguo propietario) y/o al propietario actual, el lo que hizo fue sacar una fotocopia y la notificación se la dio al demandado (antiguo dueño) el nombre del propietario actual no aparece. eso es lo que me esta generando la duda, mi cliente (actual propietari) no esta demandado con nombre y apellido, no se si hacerlo presentar a la audiencia o no, y si lo presente tengo miedo de meter la pata. porque lo de la acción de repeticion lo tengo claro, lo que me trae dudas es esta situación de demandado en terminos generales, no está demandado en terminos claros y precisos.
 #499073  por DAL
 
Que tema.
El problema es que luego, no va a poder repeler un embargo de caja. Y si no contesta en término, y recibio la cedula, no puede decir que no estaba anoticiado. ASi que es un problemón.
Se me ocurre que tal vez si ahora no se quiere meter, luego ponga el negocio a nombre de un tercero que no ha sido demandado ni notificado y ese sí podrá defenderse. En el interín hay tiempo para que el verdadero deudor solucione el tema. Pero esto es un trastorno porque dar de baja un negocio no es así nomás, y si le traban cautelares peor.
Aca ya no se permite demandar a persona indeterminada, (como titular actual) sino que deben hacerse las diligencias para determinarla (se soluciona con una simple factura del establecimiento o informe a la muni).
 #499100  por laucba21
 
Perfecto Dal, acá tampoco se permite demandar a persona indeterminada. Yo lo que estaba por hacer y hasta recien en la duda era si hacerlo comparecer o no. Pero lo voy a hacer comparecer como demandado solidaio y despues con el expediente hago una acción de repetición contra el antiguo propietaria. lo de cambiarle el nombre al establecimiento o pasarselo a un tercero me parece que haría engorroso todo.
Muchisimas gracias como siempre Dal. te mando un besooooooote, no te conozco pero salvas a todos