Hola, que´ria hacer una consulta. UN amigo robó un chango (vacío) de supermercado de la calle, para hacer una broma a un amigo. Lo vieron del super y si bien lo devolvió, le hicieron denuncia. Se presentó a las dos instancias de mediación, pero el denunciante no fue. Se presentó espontáneamente al fiscal, con su abogado. Le dijeron que ahora el juez (puede llevar tiempo) dará probation. La consulta es, el abogado defensor no puede solicitar al fiscal la aplicación del art. 56 bis, en vistas de la insignificancia de la cosa y de que el daño fue reparado? Cómo debería ser el procedimiento? GRacias!