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  • Ley 18.037-----10 o 5 Años ???

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #499309  por Gona
 
el fundamento podría ser por el lado del derecho de propiedad adquirido por estar dentro de los 10 años anteriores al cese y beneficio jubilatorio y cambiarle las reglas de juego para hacer el calculo, cuando ademas le producis un grave perjuicio en el caso particular.es para estudiarlo,voy a ver,sino ire por lo que van todos.que te parece ?
 #499357  por SantiagoP
 
Gona, cuidado con el fundamento de los derechos adquiridos, si mal no recuerdo fue Bidart Campos quien sostuvo que nadie tiene un derecho adquirido al mantenimiento de las normas/leyes. No hay cambio de reglas de juegos, hay sustitución de un régimen legal por otro, como sucedió con la Ley 24.241 respecto de la 18.037 (el ejemplo que dio Andrea). Yo reclamaría sólo la recomposición del haber inicial y la movilidad.
Saludos.
 #500046  por Gona
 
Gracias Santiago por tu opinión , seguro que por haber inicial y movilidad voy a ir , esperare hasta el momento de presentar la demanda para estudiar la otra opción.Voy a seguir buscando argumentos.Tengo tiempo hasta recibir la denegatoria.saludos.