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  • FALLO CAPA-CAUTELAR50%AUMENTO

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #500871  por noelin
 
ES HORA Q ALGUIEN DE ALGUN PODER DEL ESTADO SE HAGA CARGO DE ESTOS CASOS. IMAGINARSE LOS Q ESTAN ESPERANDO Y LES HAN DENEGADO LA CAUTELAR COMO DIACO, Y MUCHOS OTROS...
 #500923  por markello
 
Mi querido Sassani, esto desgraciadamente nos sucede a todos los que nos desempeñamos en esta especialidad, la verdad que luego de tanto luchar, estar cerca de un resultado cierto y concreto y dar alguna que otra vez una alegria, estas noticias nos cae como balde de agua fria.

La verdad una gran pena sobre la noticias que cuentas. Lo unico que puedo decir es que gracias al sr capa (y a tu dificil decision de incoar un amparo de dicha naturaleza) hoy por hoy muchos abuelos tienen una pequeña esperanza de poder cobrar algo.

Particularmente no hago los amparos y se que hay muchos profesionales y abuelos detras del fallo y ojala corran mejor suerte.

Ahora me ha quedado la duda, ¿la accion continua? o seguimos por regimen general de notificar el fallecimiento del actor y presentar a la pensionada. No se si hay pensionada en este caso puntual.

Que podemos decir de la justicia que ya no hayamos dicho, que podremos decir del organismo previsional y los diferentes gobiernos de turno, ya esta todo dicho y coincidimos en lo mismo, un verguenza para nuestros abuelos.
Saludos
 #507510  por sassani
 
Por desgracia, el peligro en la demora ya no es tal y la gravedad e irreparabilidad del daño ya tampoco//// seguramente ANSES planteará hecho nuevo y hara caer la medida cautelar, y mal que pese es técnicamente viable.
Dr Luis Sassani
 #540925  por sassani
 
un buena, en el juzgado de 1º instancia de San Nicolas están otorgando la cautelar como la de "Capa" por fin un magistrado de 1º instancia que las tiene bien puesta como para bancarse las presiones y "los llamaditos"
Dr Luis Sassani
 #540930  por Alejandra Radua
 
sassani escribió:un buena, en el juzgado de 1º instancia de San Nicolas están otorgando la cautelar como la de "Capa" por fin un magistrado de 1º instancia que las tiene bien puesta como para bancarse las presiones y "los llamaditos"
Dr Luis Sassani
Así es Dr. Sassani. Lo transcribo.

Otorgan Actualización de Haberes Jubilatorios por Vía Cautelar
Un juez de primera instancia hizo lugar a una serie de medida cautelares solicitadas por jubilados por medio de las que reclamaban el ajuste de sus haberes, dando lugar a tales planeos cuando el demandante cumple con ciertas condiciones, como tener una edad avanzada o estar afectado por una enfermedad o una situación económica que justifique la urgencia.

Las sentencias dictadas por el Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de San Nicolás, a cargo de Martín Alberto Martínez, ordenan a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) incrementar el ingreso mensual en forma inmediata en función de parámetros establecidos por la Corte Suprema, sin que la persona tenga que esperar hasta la finalización del juicio iniciado contra el Estado.

De acuerdo a lo determinado por el mencionado magistrado, para ese momento quedaría pendiente el cobro de los montos retroactivos generados desde el mes en el cual existió el derecho a percibir el aumento, argumentando su decisión en los plazos que insume un proceso judicial así como en la situación de colapso en que se encuentra el fuero previsional.

Estas sentencias continúan el camino adoptado por la Sala II de la Cámara de la Seguridad Social (votos de Luis René Herrero y Emilio Fernández) quien había hecho lugar a medidas cautelar en causas referidas a situaciones asimilables a la resuelta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso Badaro, donde se dispuso que los haberes deberían ajustarse por el período 2002 a 2006 siguiendo la evolución promedio de los salarios activos.

De acuerdo a lo publicado por el diario La Nación, en la causa “Pérez Antonio Eloy”, se establece que "conforme la avanzada edad del actor [76 años], resulta lógico que la cobertura de sus necesidades básicas no puede ser satisfecha con el monto que percibe", añadiendo a ello que lo que se reclama de ningún modo provoca "una desviación de fondos del destino que le es propio ni una perturbación de fondos del Estado".

Si bien la actualización del ingreso por vía cautelar debería hacerse al mes siguiente de la emisión del fallo, a raíz de requerimientos administrativos de la ANSeS, en la práctica dicho trámite se demora.

Independientemente de la decisión que se adopte en segunda instancia sobre las medidas cautelares, el ajuste del haber debería ser abonado.

En relación a ello, el juez Herrero había sostenido que incluso cuando se apelen las medidas cautelares la ANSeS debe cumplir, sumando a ello el juez Martínez que ante la situación de que la sentencia definitiva no favoreciera al jubilado, los montos pagados encima del haber correspondiente, serán descontados de los pagos mensuales.
 #541042  por sassani
 
Increiblemente es el primer juez de primera instancia que otorga este tipo de medida cautelar ¿que pasa hay miedo? ¿alguien sabe de otro juzgado que las otorgue?
Dr Sassani
 #541454  por GAVA
 
Yo lei que un Juzgado de Tucuman tambien las dió pero la revocó la CFSS, el tema esta ahi, no en los Juzgado de primera Instancia -aunque los de Capital ninguno se ha jugado al respecto-
 #541470  por Gona
 
Dr.Sassani:
En Mar del Plata,el Dr.Gimenez,Juzgado Federal Nº 2,también dicto una innovativa.No tengo ahora los datos precisos.Los buscaré.Yo estoy por presentar un caso y no me decido si hacerlo con tal cautelar,porque estamos en inferioridad en la Cámara que estamos 1 a 2 y es un riesgo.Sdos.
 #541613  por coraso
 
Gente: les hago una humilde sugerencia. Estos fallos son muy lindos pero a veces no ayudan en nada. Al que le interese pueden escuchar en la página de jauregui la charla informativa sobre Cappa. El cuenta que tuvo acceso al expte y la medida cautelar le significó un aumento sólo de $ 34. Luego de escuchar eso, hice los cálculos con mis juicios. La medida cautelar, da la movilidad de Badaro, pero sin la actualización de las remuneraciones. Al hacer el cálculo de esa medida ( sin recalcular antes el haber inicial) las diferencias son muy escuetas. Al menos en los que yo corroboré, no conviene.
saludos
 #541660  por sassani
 
Disculpame pero coincido en tal afirmación, en primer lugar la cuenta de Capa no da $ 32,/ a segunda ANSES no ha hecho cálculo alguno, esto lo sé porque soy yo el abogado de la familia Capa y no Jauregui y el expediente esta en Rosario en mi casillero del tribunal. A más también, lo soy en el caso "Rosso" y este mes ya cobra con un aumento del 63% por la medida cautelar.
Cuando se quiere saber algo hay que recurrir a la fuente y así evitar el yerro
Dr Sassani
 #542256  por airis
 
GAVA escribió:Yo a jauregui no le creo nada, siempre tira para el Anses.
Hola Gava Totalmente de acuerdo, yo le encargue un calculo de sentencia del 82%movil y no se tomaron el trabajo ni de hacerlo, me copiaron el calculo de Anses., pero en cobrarme no tuvieron ningun problema. Saludos.
 #543440  por sassani
 
Presentalo y si te lo deniegan, apelá y solicitá que se forme incidente art. 175 CPCCN de esa forma se elevan las copias y el expediente principal te queda tramitando en 1ª instancia y no te retrasa la resolución de la causa o tambien podes presentar primero la cautelar sola como incidente (art 207 CPCCN) repone $7.80 y a los 10 días si es que tenes resuelto el administrativo presentas el principal de esta forma te asegurás de que no suba el principal.
Dr Sassani


Gona escribió:Dr.Sassani:
En Mar del Plata,el Dr.Gimenez,Juzgado Federal Nº 2,también dicto una innovativa.No tengo ahora los datos precisos.Los buscaré.Yo estoy por presentar un caso y no me decido si hacerlo con tal cautelar,porque estamos en inferioridad en la Cámara que estamos 1 a 2 y es un riesgo.Sdos.
 #543578  por Gona
 
Dr.Sassani:

Gracias por responder,es buena la idea de pedir incidente,asi no me frena el principal.Yo en 1ra instancia creo que paso,asi que tendré que esperar la apelación de Anses y luego que me toque la Sala II, como en sus casos.
Es increible como tenemos que buscar la manera de que una persona de 89 años pueda obtener su derecho reconocido por el tribunal supremo , pero ilusorio en cuanto a los tiempos de la justicia y los biológicos de las personas.-
Espero que esto cambie alguna vez.-
saludos
 #543662  por sassani
 
Hay una frutillita de torta, que permite iniciar la cautelar via judicial, al día siguiente de iniciar el administrativo que será materia de un curso de un día que estoy organizando en Rosario, mi ciudad natal que no será de gran costo (solo para salvar los gastos) en el que voy a tratar este tema, entre otros como SDM (como iniciarlos sin pagar los $43 hasta la resolucion judicial) proporcionalidad de aportes para obtener beneficios previsionales, reajuste de las jubilaciones que cobran menos del Salario Mínimo Vital y Móvil.
Para calcular costos necesitaría saber quien esta interesado sería para fines de Mayo enviar mail a consultasarrobasassanialvarezpuntocompuntoar.
Dr Sassani
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