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  • Contrato de compraventa sin escritura

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 #500551  por Martinallise
 
la consulta es la siguiente, me consultaron unos clientes que quieren comprar una casa en la costa, los dueños tienen el boleto de compraventa, pero nunca se hizo la escritura, que tienen q hacer mis clientes para resguardarse en la siguiente operacion pueden adqirir el inmueble asi??
 #500566  por martinhm77
 
Una pregunta tan basica haria suponer a cualquiera que Ud no es abogado, pero igual le digo que lo que tienen que ver sus clientes es que quienes figuren como titulares registrales del inmueble esten en condiciones de firmar la escritura (no hayan fallecido, o mudado con domicilio desconocido, etc) Si efectivametne lo estan, le harán una cesion del boleto a los compradores y estos podrán luego reclamar la escritura
Eso como para empezar...
Saludos
 #500686  por pauli
 
Martin, aprovechando el tópico te pregunto, es indispensable un informe de inhibición al momento de firmar la cesion de boleto? yo tengo un caso parecido, pero el adquirente con boleto ( tiene hace como 25 años al lote) ahora esta inhibido, por lo que estamos trabados ya que ese lote se vendio y no podemos hacer la escritura por esa inhibición. Se te ocurre algo como para que el comprador pueda escriturar ese terreno?
Cualquier ayuda sera valorada!
 #501102  por Martinallise
 
Pauli, habria q ver como haces para levantar esa inhibicion que es lo q la origina y arreglarla, por q en estos casos para poder perfeccionar el negocio hay q escriturar y obviamente bo vas a poder por la medida que tiene en la cahbeza esa persona
 #501186  por martinhm77
 
pauli escribió:Martin, aprovechando el tópico te pregunto, es indispensable un informe de inhibición al momento de firmar la cesion de boleto? yo tengo un caso parecido, pero el adquirente con boleto ( tiene hace como 25 años al lote) ahora esta inhibido, por lo que estamos trabados ya que ese lote se vendio y no podemos hacer la escritura por esa inhibición. Se te ocurre algo como para que el comprador pueda escriturar ese terreno?
Cualquier ayuda sera valorada!
Hola, para mi lo que define el tema es que no este inhibido el titular registral... la cesion de boleto, si no esta inscripta queda entre las partes... y en la escritura los otorgantes serian aquel y el comprador... La inhibición del adquierente- cedente, para mi no influye, no te olvides que el no va a ser quien firma la escritura
Es mi opinion.-
Saludos
 #501749  por pauli
 
Gracias por responder, pero ese terreno se compro hace muchisimos años, la inmobiliaria que lo vendio no existe mas al igual que su dueño. Pregunto, puede el cesionario usucapir? aun cuando los 20 años hayan sido del cedente?? se me habia ocurrido eso, total los impuestos, por ejemplo estan al día,,o casi al dia,, se debe muy poquito, que les parece?
 #501764  por martinhm77
 
pauli escribió:Gracias por responder, pero ese terreno se compro hace muchisimos años, la inmobiliaria que lo vendio no existe mas al igual que su dueño. Pregunto, puede el cesionario usucapir? aun cuando los 20 años hayan sido del cedente?? se me habia ocurrido eso, total los impuestos, por ejemplo estan al día,,o casi al dia,, se debe muy poquito, que les parece?
Si, podria usucapir, pero en ese caso mas que una cesion de boleto, necesitaria que el anterior poseedor le firme una cesion de derechos y acciones posesorios, para recurrir al instituto de la accesion de posesiones
Suerte
 #501950  por pauli
 
hola, pasa que vuelvo a lo mismo, el anterior poseedor esta inhibido, y para la cesion necesito el informe de que esta libre para disponer del bien, y el anterior a este esta fallecido. Te digo que no se como puedo hacerl, la idea era hacer la usucapion larga, pero no sabia que necesitaba la cesion de derechos. Gracias nuevamente por responder...
 #502025  por martinhm77
 
pauli escribió:hola, pasa que vuelvo a lo mismo, el anterior poseedor esta inhibido, y para la cesion necesito el informe de que esta libre para disponer del bien, y el anterior a este esta fallecido. Te digo que no se como puedo hacerl, la idea era hacer la usucapion larga, pero no sabia que necesitaba la cesion de derechos. Gracias nuevamente por responder...
De nada, pero te cuento que en mi experiencia no hacen falta pedir informe de inhibiciones para una cesion, al menos yo nunca lo he visto, el tipo cede los derechos posesorios, punto, mas si lo hace por instrumento privado.-
Despues vas por la usucapion larga uniendo ambas posesiones, la verdad no veo el problema, al menos desde mi punto de vista
Tené en cuenta que las cesiones no son instrumentos con publicidad registral, no se inscriben, al menos asi es en mi Pcia
Suerte