Hola gente necesito que me aclaren algunas dudas por favor!
Mi clienta vive en España hace poco vino y me dejo poder para hacer el divorcio, el marido tambien esta en España pero no viene seguido y menos para divorciarse, lo bueno es que estan de acuerdo en divorciarse lo más rápido y sencillo posible, pensé en iniciar una demanda por causal objetiva , que a él lo declaren rebelde y listo pero me han surgido unas dudas ya que es lo primero que voy a hacer:
Como soluciono lo del domicilio de él? me podría evitar la notificación a España de alguna manera? por ejemplo notificando al domicilio de la madre? y que reciban la notificación diciendo que él vive ahi?
Si hago lo de la madre, pido rebeldía, pasa el exp al asesor? que medidas puede tomar él para cerciorarse de que fue bien notificado?
Para que él se quede tranquilo, la declaración de rebeldía en el divorcio por causal objetiva no le produce ningún perjuicio no? sólo que el proceso continúa en su ausencia y se tiene por cierto lo afirmado en la demanda de la actora, que no es otra cosa que la no convivencia por más de tres años, no?
Están de acuerdo en divorciarse pero pueden llegar a surgir problemas con las "deudas" de la soc conyugal, hay dos inmuebles gananciales, con respecto a esto otra duda más:
Como no quiero que por las deudas se complique lo del divorcio quiero esperar a la sentencia de divorcio y despues empezar a discutir lo de los bienes, pensaba no declarar los inmuebles para que sea más barato, no declararlos en el divorcio me puede traer alguna consecuencia si no logro un acuerdo privado de bienes y tenga que iniciar una liquidación judicial? que opinan?
Agradezco cualquier aporte
Mi clienta vive en España hace poco vino y me dejo poder para hacer el divorcio, el marido tambien esta en España pero no viene seguido y menos para divorciarse, lo bueno es que estan de acuerdo en divorciarse lo más rápido y sencillo posible, pensé en iniciar una demanda por causal objetiva , que a él lo declaren rebelde y listo pero me han surgido unas dudas ya que es lo primero que voy a hacer:
Como soluciono lo del domicilio de él? me podría evitar la notificación a España de alguna manera? por ejemplo notificando al domicilio de la madre? y que reciban la notificación diciendo que él vive ahi?
Si hago lo de la madre, pido rebeldía, pasa el exp al asesor? que medidas puede tomar él para cerciorarse de que fue bien notificado?
Para que él se quede tranquilo, la declaración de rebeldía en el divorcio por causal objetiva no le produce ningún perjuicio no? sólo que el proceso continúa en su ausencia y se tiene por cierto lo afirmado en la demanda de la actora, que no es otra cosa que la no convivencia por más de tres años, no?
Están de acuerdo en divorciarse pero pueden llegar a surgir problemas con las "deudas" de la soc conyugal, hay dos inmuebles gananciales, con respecto a esto otra duda más:
Como no quiero que por las deudas se complique lo del divorcio quiero esperar a la sentencia de divorcio y despues empezar a discutir lo de los bienes, pensaba no declarar los inmuebles para que sea más barato, no declararlos en el divorcio me puede traer alguna consecuencia si no logro un acuerdo privado de bienes y tenga que iniciar una liquidación judicial? que opinan?
Agradezco cualquier aporte