Hola a todos..... debo calcular la indemnización de un viajante comercial (exclusivom de una sola empresa)que lo tenían como monotributista, es decir en cubierto de lo que debería ser una relación de dependencia laboral.
Prima fascie interpreté que se le debería aplicar la LCT con más lo acordado por el convenio colectivo de trabajo de su gremio, pero luego me entró la duda si esta actividad no tiene un régimen indemnizatorio propio que puede dejar de lado la aplicación de la LCT.......
Gracias.
Prima fascie interpreté que se le debería aplicar la LCT con más lo acordado por el convenio colectivo de trabajo de su gremio, pero luego me entró la duda si esta actividad no tiene un régimen indemnizatorio propio que puede dejar de lado la aplicación de la LCT.......
Gracias.