Debo realizar esta consignación de manera urgente, antes de que me llegue la demanda. Es mi primera consignación, alguien me puede orientar? estuve leyendo en la ley 22250, no entiendo si la libreto de aportes debo consignarla judicialmente o la debo entregar al Registro de la inustria de la construccion. Alguien hizo alguna consignación de la construcción??. Va a tramitar en capital, debo concurrir al Seclo antes de iniciar?? si no tengo el nuevo domicilio del trabajador cómo hago??