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  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #496774  por MCD
 
Hola Colegas:
Tengo una clienta que tiene 24 años y lleva el apellido de su madre, dado que su padre no quiso reconocerla.
Ella ahora quiere llevar el apellido paterno y ser reconocida como tal.
Cualquier sugerencia, orientaciòn y/o consejo al respecto es bienvenido.
Saludos cordiales
Cecilia
 #496816  por carolina03
 
Si el padre no quiere voluntariamente darle el apellido, deberás iniciar una acción de filiación, ya que la misma no caduca ni prescribe.Como prueba la más importante es la de ADN, si el padre se niega es presunción en su contra, ademas de doc., etc. Si tenes alguna duda más, preguntá y si se la respuesta te la respondo. Suerte
 #497475  por danielmdq
 
si coincido con la opinion anterior, ojo que si no quiere reconocerla ba a apelar la sentencia hasta la suprema corte de la nacion , tambien podes iniciar al mismo tiempo un daños y perjuicios derivado del no reconocimiento del padre. es mi opinion , Junta muchas pruebas ,por que el adn solo no alcanza, como se dijo anteriormente , es una prueba importante no la unica; testigos que conozcan la relacion , cartas , fotos , etc
 #497491  por MCD
 
Gracias gente por la info y la orientacion!!
Buena semana
Ceciia
 #497533  por viko
 
daniel mdq: seria bueno aclarar algunas cositas puntuales, en merito a la claridad
si el ADN se realiza, con el estudio por si solo, y sin ninguna otra pueba ( a favor o en contra) ya alcanza.-
salvo que plantees que fue mal realizado, o que es equivocado por algun razon, el ADN alcanza solito tanto para confirmar o excluir el vinculo. es LA prueba.-
si el ADN no se realiza, es presuncion en contra (o indicio, como me corrigió una vez un colega) y entonces sirve, pero deberas complementarlo con otras pruebas para estar seguro. es a esta ultima situacion a la que te refieres en el post
saludos
 #497983  por MCD
 
Gracias gente por conestarme..tengo otras inquietudes..
Si le inicio un daños y perjuicios en forma paralela, deberá pagar la tasa de justicia y es gente q no está en condicioens de afrontarla, se puede iniciar un Beneficio de litigar sin gastos?

Otro tema, los honorarios..alguien tiene idea de cuánto se cobra, o se puede cobrar por este trabajo?
GRACIAS!!
Cecilia
 #503534  por danielmdq
 
viko escribió:daniel mdq: seria bueno aclarar algunas cositas puntuales, en merito a la claridad
si el ADN se realiza, con el estudio por si solo, y sin ninguna otra pueba ( a favor o en contra) ya alcanza.-
salvo que plantees que fue mal realizado, o que es equivocado por algun razon, el ADN alcanza solito tanto para confirmar o excluir el vinculo. es LA prueba.-
si el ADN no se realiza, es presuncion en contra (o indicio, como me corrigió una vez un colega) y entonces sirve, pero deberas complementarlo con otras pruebas para estar seguro. es a esta ultima situacion a la que te refieres en el post
saludos
no viko el adn solo no basta es mi opinion y si se le pide por ej: al padre biologico el adn y el padre saba que lo es ,pero tambien save que en el expte no hay mas prubas, y no va a realizarce el adn que pasa tenes una prueba incompleta tenes que desistirla,(las pruebas en filiacion finalizan por completadas o si esta incompleta por que una parte no fue, tenes que desistirla ,asi no queda prueba pendiente) y vas a pedir sentencia con eso solo?huu yo no lo haria hay fallos que el adn solo no vasta busca en scba juba abrazo
 #503537  por danielmdq
 
MCD escribió:Gracias gente por conestarme..tengo otras inquietudes..
Si le inicio un daños y perjuicios en forma paralela, deberá pagar la tasa de justicia y es gente q no está en condicioens de afrontarla, se puede iniciar un Beneficio de litigar sin gastos?

Otro tema, los honorarios..alguien tiene idea de cuánto se cobra, o se puede cobrar por este trabajo?
GRACIAS!!
Cecilia
si se puede, beneficio de litigar sin gastos, para mi por expdte separado por que si apelan algo en filiacion no te llevan el beneficio y el daño a la camara seria asi un juicio de filiacion un juicio de beneficio de litigar sin gastos y otro juicio de daños y perjuicios; el daños y perjuicios estara en pausa cuando se completen las pruebas del daño y una vez completado todo el expdte de daños y perjuicios previo a sentencia ,igualmente te diran en un despacho, hasta que te dicten la sentencia de filiacion luego si se puede dictar sentencia en el daños y perjuiciospara clarificar es decir se pueden iniciar juntos pero es necesario para tener sentencia en el daño y perjuicios derivado de la filiacion poseer sentencia de filiacion
 #504314  por viko
 
Daniel: por eso distingo claramente las dos situaciones:

ADN realizado: el resultado del estudio, sea positivo o negativo, deberia bastar para rechazar o hacer lugar a la demanda.-

ADN NO realizado: porque no se produjo, o el demandado es remiso a la extraccion de muestra biologica. Aca la presuncion en contra no es prueba suficiente, y hay que complementar.(la situacion de la que os hablas, y a la que se refiere la jurisp que nombras)

como ves, dos casos diferentes.
saludos
 #504318  por federic0
 
viko escribió:Daniel: por eso distingo claramente las dos situaciones:
ADN realizado: el resultado del estudio, sea positivo o negativo, deberia bastar para rechazar o hacer lugar a la demanda.-
ADN NO realizado: porque no se produjo, o el demandado es remiso a la extraccion de muestra biologica. Aca la presuncion en contra no es prueba suficiente, y hay que complementar.(la situacion de la que os hablas, y a la que se refiere la jurisp que nombras)
como ves, dos casos diferentes.
saludos
Estimado/a Viko, no entres en discusiones con gente que toca de oído...

viewtopic.php?f=10&t=88591

Saludos.
 #504524  por doctorcitaLP
 
MCD escribió:Hola Colegas:
Tengo una clienta que tiene 24 años y lleva el apellido de su madre, dado que su padre no quiso reconocerla.
Ella ahora quiere llevar el apellido paterno y ser reconocida como tal.
Cualquier sugerencia, orientaciòn y/o consejo al respecto es bienvenido.
Saludos cordiales
Cecilia

hola!! EL ADN BASTA POR SI SOLO!! SINO SI SE NIEGA COMO BIEN DIJERON MIS colegas! prueba en contrario!!!
POR FAVOR LEE CONSEJOS DE COLEGAS...NO TE COLADOS...QUE NO SABEN NADA...y confunden mucho. y enojan mucho...
 #506510  por danielmdq
 
doctorcitaLP escribió:
MCD escribió:Hola Colegas:
Tengo una clienta que tiene 24 años y lleva el apellido de su madre, dado que su padre no quiso reconocerla.
Ella ahora quiere llevar el apellido paterno y ser reconocida como tal.
Cualquier sugerencia, orientaciòn y/o consejo al respecto es bienvenido.
Saludos cordiales
Cecilia

hola!! EL ADN BASTA POR SI SOLO!! SINO SI SE NIEGA COMO BIEN DIJERON MIS colegas! prueba en contrario!!!
POR FAVOR LEE CONSEJOS DE COLEGAS...NO TE COLADOS...QUE NO SABEN NADA...y confunden mucho. y enojan mucho...
si las pruebas las tenes que precentar el la demanda como saves si se va a negar o no al adn ANIMALITO DE DIOS si precentas una demanda con solo el adn y nada mas que dios te ayude no saves nasa para que estudiastes
 #506528  por chiqui79
 
colegas, este no es abogado.... ojo con lo que postea, no lo tengan en cuenta. evidentemente sabe poco (no solo por su escritura) sino porque todo el foro esta en contra de su opinion, aquellos que si saben.
vos no SABES nada, aprende a escribir....los que postearon se recibieron de algo, vos no debes haber terminado ni el prescolar.
 #506529  por doctorcitaLP
 
chiqui79 escribió:colegas, este no es abogado.... ojo con lo que postea, no lo tengan en cuenta. evidentemente sabe poco (no solo por su escritura) sino porque todo el foro esta en contra de su opinion, aquellos que si saben.
vos no SABES nada, aprende a escribir....los que postearon se recibieron de algo, vos no debes haber terminado ni el prescolar.

JAJAJAJ GRACIAS CHIQUI79 ..DIVINA...PERO.. POR LO MENOS SOY ANIMALITO..PERO DE DIOS...ESTE...ANIMAL DE OTRO PLANETA PORQUE OTRA NO LE QUEDA. GROSERO BRUTO Y ANALFABETO PRACTICAMENTE...y bueno...en sus sueños postergados de por vida..esta la de haber podido ser ABOGADO!
..... y este animalito de dios. ... tiene mas de un titulo... mdq...anda a hacer surf mejor..
 #506993  por viko
 
colegas:
mucho le pegaron a daniel mdq, pero lo que dice es bastante serio
yo soy tucumano. Aca la prueba se ofrece y produce en el periodo probatorio , luego de contestada la demanda. Asi que uno mas o menos sabe que es lo que espera a la hora de ofrecer prueba...
no se como es en otras jurisdicciones, pero si la prueba tenes que ofrecerla en la demanda, yo tambien coincido con Daniel: ofrecer toda la que se te ocurra, aunque luego no haga falta producirla.
capaz contestan demanda negando todo, no se someten al ADN, y te das con que no ofreciste ningun otra prueba con el periodo prob abierto y sin oportunidad de ofrecer nada mas. complicado...

asi y todo, mantengo lo dicho:
una cosa es la estrategia probatoria : si vas a ofrecer mucha, poca o nada, y si la producis o no.-
otra cosa es el valor probatorio: habiendose producido en forma el analisis, es prueba total. no producido por renuencia del demandado, es casi total.-
saludos