Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • JUBILACION DOCENTE.

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #503275  por periquita
 
Tenés que averiguar cuál es el haber del cargo que tenía con la antigüedad cuando se jubiló.
A ese haber bruto le calculás el 82 % y eso debería ganar.
Comparalo con el ajuste vía Badaro y fijate cuál le conviene más

Sí, puede ser que pidiendo el Suplemento no haya aumento.
 #503419  por cristina
 
Pregunto, sobre el tema de los beneficios en caso de Docentes.
Docente que inicio sola el tramite y ahora me llama, presento renuncia en Pcia Bs As hace dos años, cuando ingreso los papeles para hacer el codigo y sin anticipo jubilatorio.
A mi cliente le corresponde jubilarse como docente por anses, 23 años en Nacion, esc. transferida y 13 en Pcia.
En el sipa aparecen 4 años de una escuela evangelica.
En el codigo de DGEyC, que tardo 2 años y le reconocen igual que lo que figuraba en el coulin 35 años de ant.Ahora tengo que ingresarlo al IPS para terminar el Reco. esto son esc. Pcia. estatal.
En COULIN figuran 12 horas de Prof. y se tomo todas las licencias incluso las sin sueldo antes de la renuncia.
El planteo es: puedo presentar en el anses las cert y dec. 137 por los 23 años + los 4 años de la iglesia evangelica + aplicar Art 19 y 38. Lo tomaran en caracter de docente?
Si le dan la jubi como docente por anses, despues, puedo pedir un reajuste y agregar los servicios de la Pcia. de Bs. aS. (13 años)?
Se puede? y realmente vale la pena?
Cariños a todos.
 #503971  por PICASSO08
 
Aprovecho el Blog de docente pata hacer las siguientes consultas:
a) En el SIJIP del Docente no debe figurar la diferencia de aportes especiales, si hago el calculo del sueldo, siempre figuran que aportan 11% y no deberia ser 14%.- Esto cambia algo....?
b) A los docentes de Educación Especial, de escuelas de frontera y zonas muy desfavorables se les computará 4 años de cada 3 trabajados..... esto como lo acredito, me da la certificacion la DAD....?
MIL GRACIAS, si preguntae burradas pido disculpas
 #503980  por periquita
 
cristina escribió:Pregunto, sobre el tema de los beneficios en caso de Docentes.
Docente que inicio sola el tramite y ahora me llama, presento renuncia en Pcia Bs As hace dos años, cuando ingreso los papeles para hacer el codigo y sin anticipo jubilatorio.
A mi cliente le corresponde jubilarse como docente por anses, 23 años en Nacion, esc. transferida y 13 en Pcia.
En el sipa aparecen 4 años de una escuela evangelica.
En el codigo de DGEyC, que tardo 2 años y le reconocen igual que lo que figuraba en el coulin 35 años de ant.Ahora tengo que ingresarlo al IPS para terminar el Reco. esto son esc. Pcia. estatal.
En COULIN figuran 12 horas de Prof. y se tomo todas las licencias incluso las sin sueldo antes de la renuncia.
El planteo es: puedo presentar en el anses las cert y dec. 137 por los 23 años + los 4 años de la iglesia evangelica + aplicar Art 19 y 38. Lo tomaran en caracter de docente?
SI, SI LOS 4 AÑOS NO SON SIMULTÁNEOS A LOS 23.
Si le dan la jubi como docente por anses, despues, puedo pedir un reajuste y agregar los servicios de la Pcia. de Bs. aS. (13 años)? Se puede?
SI
y realmente vale la pena? DEPENDE DE CUAL ERA SU SITUACIÓN DE REVISTA AL CESE DE LOS APORTES EN ANSES Y CUAL ES AHORA, EN EL IPS
Cariños a todos.
 #503982  por periquita
 
PICASSO08 escribió:Aprovecho el Blog de docente pata hacer las siguientes consultas:
a) En el SIJIP del Docente no debe figurar la diferencia de aportes especiales, si hago el calculo del sueldo, siempre figuran que aportan 11% y no deberia ser 14%.- Esto cambia algo....?
b) A los docentes de Educación Especial, de escuelas de frontera y zonas muy desfavorables se les computará 4 años de cada 3 trabajados..... esto como lo acredito, me da la certificacion la DAD....?
MIL GRACIAS, si preguntae burradas pido disculpas
Tus datos son incompletos, no podemos orientarte, sobre todo sin saber de que jurisdicción es, adónde aporta.
Las 2 respuestas difieren según el caso
Saludos
 #503986  por PICASSO08
 
Amplio.-
En primer lugar tengo que hacer la jubilacion de una señora que tiene 20 años de docencia frente a grado en escuelas primarias tanto privadas como estatales, ahora bien de esos 20 años los ultimos 9 fueron en escuelas especiales del Gobierno de la ciudad, si yo no lei mal las diferentes normativas, a esos años les puedo aplicar el beneficio de que cada 3 años, se computan 4, esto es correcto...?
De ser esto así quien me lo acredita, la escuela....?, la DAD.....? Esto es importante para el prorrateo ( cosa que aun no se hacer) y saber cuantos años debo comprar, para poder jubilarla con el caracter docente.-
La segunda pregunta inquietud es la siguiente en los SIJIP, de cualquier persona comun si uno hace el calculo en el 2009 de el bruto y el aporte del empleador da el 14%.-
Mi pregunta es tengo 2 SIJIP de maestras de grado, que figura la remuneracion y el aporte es del 11%, queria solo saber porque pasaba esto.....?
Mil disculpas por no haber sido claro con anterioridad
Mil Gracias

P.D. (CUANTA GENTE TRABAJA LOS DOMINGOS A LA MAÑANA)
 #504005  por periquita
 
PICASSO08 escribió:Amplio.-
En primer lugar tengo que hacer la jubilacion de una señora que tiene 20 años de docencia frente a grado en escuelas primarias tanto privadas como estatales, ahora bien de esos 20 años los ultimos 9 fueron en escuelas especiales del Gobierno de la ciudad, si yo no lei mal las diferentes normativas, a esos años les puedo aplicar el beneficio de que cada 3 años, se computan 4, esto es correcto...? SI
De ser esto así quien me lo acredita, la escuela....?, la DAD.....? SI
Esto es importante para el prorrateo ( cosa que aun no se hacer) y saber cuantos años debo comprar, para poder jubilarla con el caracter docente.-
La segunda pregunta inquietud es la siguiente en los SIJIP, de cualquier persona comun si uno hace el calculo en el 2009 de el bruto y el aporte del empleador da el 14%.- ¿? No estarás contando la obra social ??
Mi pregunta es tengo 2 SIJIP de maestras de grado, que figura la remuneracion y el aporte es del 11%, queria solo saber porque pasaba esto.....? El aporte debe ser del 11 % + el 2 % de la alicuota diferencial.
Mil disculpas por no haber sido claro con anterioridad
Mil Gracias

P.D. (CUANTA GENTE TRABAJA LOS DOMINGOS A LA MAÑANA)
Así es :D
 #504029  por juridicoensenada
 
SIPOL82 escribió:HOLA. PREGUNTO PORQUE QUIERO SABER SI UNA PERSONA TIENE 16 AÑOS APORTADOS COMO DOCENTE EN EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LOS ULTIMOS APORTES SON EN FORMA AUTONOMA. SE PUEDE JUBILAR CON CARACTER DOCENTE Y OBTENER EL 82%? PARA JUBILARSE CON CARACTER DOCENTE, LA TOTALIDAD DE LOS APORTES DEBEN HABER SIDO REALIZADOS COMO DOCENTE? GRACIAS.

hola. si necesariamente todos los aportes deben ser realizados como docente, para jubilarse por ese régimen, porque es un regimen especial.
lamentablemente es asi, y como solo son 16 no llegas a los requisitos de servicio por tanto ni siquiera podras renunciar a los años de autonomo. deberas jubilarla por el reg comun logicamnete haciendole vales estos años de docente.
saludos paula
 #504034  por periquita
 
juridicoensenada escribió:
SIPOL82 escribió:HOLA. PREGUNTO PORQUE QUIERO SABER SI UNA PERSONA TIENE 16 AÑOS APORTADOS COMO DOCENTE EN EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LOS ULTIMOS APORTES SON EN FORMA AUTONOMA. SE PUEDE JUBILAR CON CARACTER DOCENTE Y OBTENER EL 82%? PARA JUBILARSE CON CARACTER DOCENTE, LA TOTALIDAD DE LOS APORTES DEBEN HABER SIDO REALIZADOS COMO DOCENTE? GRACIAS.
hola. si necesariamente todos los aportes deben ser realizados como docente, para jubilarse por ese régimen, porque es un regimen especial.
lamentablemente es asi, y como solo son 16 no llegas a los requisitos de servicio por tanto ni siquiera podras renunciar a los años de autonomo. deberas jubilarla por el reg comun logicamnete haciendole vales estos años de docente.
saludos paula
Hola juridicoensenada
Permitime discentir con tus afirmaciones, con 16 años aportados como docentes puede jubilarse como tal (por supuesto completando lo que sea necesario).
Saludos
 #504042  por cristina
 
Periquita, vuelvo a la carga sobre el mismo tema.
Si le dan la jubi como docente por anses, despues, puedo pedir un reajuste y agregar los servicios de la Pcia. de Bs. aS. (13 años)? Se puede?
SI
y realmente vale la pena? DEPENDE DE CUAL ERA SU SITUACIÓN DE REVISTA AL CESE DE LOS APORTES EN ANSES Y CUAL ES AHORA, EN EL IPS
La situacion de revista en los dos casos era titular. En anses no ceso, sino que la escuela fue transferida a la Pcia. y en Pcia sí renuncio despues de tomarse todas las licencias hace dos años, cuando ingreso los papeles para hacer el codigo en DGC y E.
Gracias por tus respuestas.
 #504047  por periquita
 
cristina escribió:Periquita, vuelvo a la carga sobre el mismo tema.
Si le dan la jubi como docente por anses, despues, puedo pedir un reajuste y agregar los servicios de la Pcia. de Bs. aS. (13 años)? Se puede?
SI. Si tenía el mismo cargo no le va a cambiar mucho la situación, le puede mejorar el % de antigüedad
y realmente vale la pena? DEPENDE DE CUAL ERA SU SITUACIÓN DE REVISTA AL CESE DE LOS APORTES EN ANSES Y CUAL ES AHORA, EN EL IPS
La situacion de revista en los dos casos era titular (eso no influye, sí la cantidad de cargos o de horas de cátedra)
En anses no ceso, sino que la escuela fue transferida a la Pcia. y en Pcia sí renuncio despues de tomarse todas las licencias hace dos años, cuando ingreso los papeles para hacer el codigo en DGC y E. No hay obligación de llevar lo del IPS si alcanza con lo que tiene para jubilarse en ANSES
Gracias por tus respuestas.
 #504071  por cristina
 
Volviendo sobre tu respuesta.
una docente tiene servicios esc. transferida(Nacion) titular con 30 horas catedra hasta 31/12/1994.
Por la transferencia pasa esas 30 horas a la Pcia. pero al cabo de 12 años, cuando renuncia tiene 12 horas.
Caja otorgante Anses.
Estoy en lo cierto si digo que: reuniendo los requisitos para jubilarse utilizando solamente lo del anses, me conviene no usar los servicios del IPS?
El IPS calcula el haber jubilatorio en base a los mejores sueldos de 3 años consecutivos o 5 alternados pero si lo uso como reco para el ANSES esto no lo van a tener en cuenta y van a pasar a ser los ultimos 120 sueldos los que cuenten para el haber y es justamente donde tiene la menor carga horaria.
Esta bien lo que digo.
*leo*
 #504099  por periquita
 
cristina escribió:Volviendo sobre tu respuesta.
una docente tiene servicios esc. transferida(Nacion) titular con 30 horas catedra hasta 31/12/1994.
Por la transferencia pasa esas 30 horas a la Pcia. pero al cabo de 12 años, cuando renuncia tiene 12 horas.
Caja otorgante Anses.
Estoy en lo cierto si digo que: reuniendo los requisitos para jubilarse utilizando solamente lo del anses, me conviene no usar los servicios del IPS? correcto
El IPS calcula el haber jubilatorio en base a los mejores sueldos de 3 años consecutivos o 5 alternados pero si lo uso como reco para el ANSES esto no lo van a tener en cuenta y van a pasar a ser los ultimos 120 sueldos los que cuenten para el haber y es justamente donde tiene la menor carga horaria. Correcto
Esta bien lo que digo. SI, ENTENDISTE PERFECTMENTE.
Suerte
*leo*
 #504110  por cristina
 
Sos Grandiosa!!!! *flor*
Yo creia que siempre estabas obligada a declarar y rendir lo del IPS!
Gracias.
 #504125  por cristina
 
Y vuelvo!
Es que analizando lo antedicho me pongo a pensar en supuestos y me surgen nuevas preguntas:
En el regimen docente de nacion, el docente que se jubila puede seguir trabajando en otro cargo?
Y en el supuesto que un docente reune los 25 años de servicio en Nacion, ya ceso hace años pero ahora esta trabajando para IPS, puede pedir la jubi en anses y seguir en su puesto actual?
Cuando quiera jubilarse del todo puede sumar esos aportes, pero como regulan el haber jubilatorio en el caso que el monto sea menor, Ejemplo cuando estuvo en nacion fue directora, la jubilaron como directora, ahora en Pcia. maestra.