Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • JUBILACION COMBINADA

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #502817  por petisa
 
ESTA SEÑORA TIENE 10 AÑOS COMO DEPENDIENTE Y 4 COMO AUTONOMO
ARTICULO 1º 25321— Los trabajadores que completen los años de servicios y los aportes requeridos para acceder al beneficio jubilatorio de acuerdo a las leyes correspondientes, podrán renunciar a los meses trabajados en calidad de autónomo, que excedieren o hubieren sido simultáneos a dicho período, caducando a tal efecto la deuda exigible por esos lapsos.
LA PREGUNTA ES: PUEDO RENUNCIAR A 4 AÑOS DE MONOTRIBUTISTA AUNQUE NO LLEGUE CON LOS AÑOS DE SERVICIOS Y APORTES NI ESTOS EXCEDAN O SEAN SIMULTANEOS? LO Q QUIERO HACER ES COMPLETAR LOS AÑOS Q ME FALTAN POR SICAM, PORQUE ESTA SEÑORA DEJO DE PAGAR EL MONOTRIBUTO Y LE QUEDO UNA DEUDA IMPORTANTE Y ME DIJERON Q CON DEUDA NO VA A PODER PEDIR LA PRESTACION...
GRACIAS!
 #502825  por Aimael
 
q periodo la deuda? en principio podrias! y luego se la compras en una categoria mas barata!
 #502827  por petisa
 
MONOTRIBUTO EN SICAM: 09/2006 A 02/2010 FIGURA EN SITUACION DE REVISTA. PERO EN DETALLE DE DEUDA APARECE DEUDA ENTRE 09/2007 A 02/2010, ENTONCES APLIQUE BENEFICIO 25321 POR ESE PERIODO EN QUE TIENE DEUDA.

ME QUEDA EN SITUACION DE REVISTA:
04/1968 A 06/1986 SICAM = 18 AÑOS
07/1986 A 07/1992 CERTIFICACION DE SERVICIOS = 6 AÑOS
08/1992 A 09/1993 SICAM = 1 AÑO
09/2006 A 08/2007 MONOTRIBUTO = 1 AÑO

TIENE CERTIFICACION DE SERVICIOS X 4 AÑOS MAS, PERO NO SE CUALES. SI NO SE SUPERPONEN CON LOS DE ARRIBA ME SALE REDONDITO Y NO TENDRIA Q PAGAR NADA DE CONTADO. SI SE SUPERPONEN CON LO Q LIQUIDE X SICAM, PAGO LO Q ME FALTA COMO SERVICIO DOMESTICO. SI SE SUPERPONEN CON LO Q PAGO POR MONOTRIBUTO TAMBIEN? Y RENUNCIO AL MONOTRIBUTO?

PREGUNTO:
1. NUNCA SE PUEDEN SUPERPONER AÑOS DEPENDENCIA / AUTONOMOS / MORATORIA?
2. LOS AÑOS X DDJJ SI EL CESE ES POSTERIOR A 2007 NO SE PUEDE APLICAR, NO?
 #503061  por Aimael
 
petisa escribió:MONOTRIBUTO EN SICAM: 09/2006 A 02/2010 FIGURA EN SITUACION DE REVISTA. PERO EN DETALLE DE DEUDA APARECE DEUDA ENTRE 09/2007 A 02/2010, ENTONCES APLIQUE BENEFICIO 25321 POR ESE PERIODO EN QUE TIENE DEUDA.esta bien se lo renuncias!

ME QUEDA EN SITUACION DE REVISTA:
04/1968 A 06/1986 SICAM = 18 AÑOS
07/1986 A 07/1992 CERTIFICACION DE SERVICIOS = 6 AÑOS
08/1992 A 09/1993 SICAM = 1 AÑO
09/2006 A 08/2007 MONOTRIBUTO = 1 AÑO

TIENE CERTIFICACION DE SERVICIOS X 4 AÑOS MAS, PERO NO SE CUALES. SI NO SE SUPERPONEN CON LOS DE ARRIBA ME SALE REDONDITO Y NO TENDRIA Q PAGAR NADA DE CONTADO. SI SE SUPERPONEN CON LO Q LIQUIDE X SICAM, PAGO LO Q ME FALTA COMO SERVICIO DOMESTICO. SI SE SUPERPONEN CON LO Q PAGO POR MONOTRIBUTO TAMBIEN? Y RENUNCIO AL MONOTRIBUTO? no no cargalos en la spp tambien si bien se cuenta una vez cuando son simultaneos, si es de los ultimos 10 años les puede aumentar un poco el haber mensual.
PREGUNTO:
1. NUNCA SE PUEDEN SUPERPONER AÑOS DEPENDENCIA / AUTONOMOS / MORATORIA? como poder se puede pero no te conviene porq solo los tomas una sola vez cuando son simultaneos!2. LOS AÑOS X DDJJ SI EL CESE ES POSTERIOR A 2007 NO SE PUEDE APLICAR, NO?
no
 #503068  por Aimael
 
Aimael escribió:
petisa escribió:MONOTRIBUTO EN SICAM: 09/2006 A 02/2010 FIGURA EN SITUACION DE REVISTA. PERO EN DETALLE DE DEUDA APARECE DEUDA ENTRE 09/2007 A 02/2010, ENTONCES APLIQUE BENEFICIO 25321 POR ESE PERIODO EN QUE TIENE DEUDA.esta bien se lo renuncias!

ME QUEDA EN SITUACION DE REVISTA:
04/1968 A 06/1986 SICAM = 18 AÑOS
07/1986 A 07/1992 CERTIFICACION DE SERVICIOS = 6 AÑOS
08/1992 A 09/1993 SICAM = 1 AÑO
09/2006 A 08/2007 MONOTRIBUTO = 1 AÑOojo aca porq vos decis q hay deuda de 09/2006- 02/2010, si le aplicas art 1 al renunciarlos no los podes contar como años de servicios, asi q este año no lo contas, a menos q por error de tipeo sea de 09/2007 en adelante la deuda! chequea eso por favor!

TIENE CERTIFICACION DE SERVICIOS X 4 AÑOS MAS, PERO NO SE CUALES. SI NO SE SUPERPONEN CON LOS DE ARRIBA ME SALE REDONDITO Y NO TENDRIA Q PAGAR NADA DE CONTADO. SI SE SUPERPONEN CON LO Q LIQUIDE X SICAM, PAGO LO Q ME FALTA COMO SERVICIO DOMESTICO. SI SE SUPERPONEN CON LO Q PAGO POR MONOTRIBUTO TAMBIEN? Y RENUNCIO AL MONOTRIBUTO? no no cargalos en la spp tambien si bien se cuenta una vez cuando son simultaneos, si es de los ultimos 10 años les puede aumentar un poco el haber mensual.
PREGUNTO:
1. NUNCA SE PUEDEN SUPERPONER AÑOS DEPENDENCIA / AUTONOMOS / MORATORIA? como poder se puede pero no te conviene porq solo los tomas una sola vez cuando son simultaneos!2. LOS AÑOS X DDJJ SI EL CESE ES POSTERIOR A 2007 NO SE PUEDE APLICAR, NO?
no
 #503480  por petisa
 
Aimael escribió:
Aimael escribió:
petisa escribió:MONOTRIBUTO EN SICAM: 09/2006 A 02/2010 FIGURA EN SITUACION DE REVISTA. PERO EN DETALLE DE DEUDA APARECE DEUDA ENTRE 09/2007 A 02/2010, ENTONCES APLIQUE BENEFICIO 25321 POR ESE PERIODO EN QUE TIENE DEUDA.esta bien se lo renuncias! OK

ME QUEDA EN SITUACION DE REVISTA:
04/1968 A 06/1986 SICAM = 18 AÑOS
07/1986 A 07/1992 CERTIFICACION DE SERVICIOS = 6 AÑOS
08/1992 A 09/1993 SICAM = 1 AÑO
09/2006 A 08/2007 MONOTRIBUTO = 1 AÑOojo aca porq vos decis q hay deuda de 09/2006- 02/2010, si le aplicas art 1 al renunciarlos no los podes contar como años de servicios, asi q este año no lo contas, a menos q por error de tipeo sea de 09/2007 en adelante la deuda! chequea eso por favor! claro, la deuda es solo de 09/2007 a 02/2010, q es lo q renuncio, pero de 09/2006 a 08/2007 aparecen pagos en el sicam, x eso no renuncio ese año

TIENE CERTIFICACION DE SERVICIOS X 4 AÑOS MAS, PERO NO SE CUALES. SI NO SE SUPERPONEN CON LOS DE ARRIBA ME SALE REDONDITO Y NO TENDRIA Q PAGAR NADA DE CONTADO. SI SE SUPERPONEN CON LO Q LIQUIDE X SICAM, PAGO LO Q ME FALTA COMO SERVICIO DOMESTICO. SI SE SUPERPONEN CON LO Q PAGO POR MONOTRIBUTO TAMBIEN? Y RENUNCIO AL MONOTRIBUTO? no no cargalos en la spp tambien si bien se cuenta una vez cuando son simultaneos, si es de los ultimos 10 años les puede aumentar un poco el haber mensual.
spp??? q es?
PREGUNTO:
1. NUNCA SE PUEDEN SUPERPONER AÑOS DEPENDENCIA / AUTONOMOS / MORATORIA? como poder se puede pero no te conviene porq solo los tomas una sola vez cuando son simultaneos!ah!!! entonces no me suma años de servicio! entonces voy a tener q comprar sdm 2. LOS AÑOS X DDJJ SI EL CESE ES POSTERIOR A 2007 NO SE PUEDE APLICAR, NO?
no
OK
 #503794  por Aimael
 
spp es solicitud de prestaciones previsionales!
 #503833  por lgaray
 
[/color]PREGUNTO:
1. NUNCA SE PUEDEN SUPERPONER AÑOS DEPENDENCIA / AUTONOMOS / MORATORIA? como poder se puede pero no te conviene porq solo los tomas una sola vez cuando son simultaneos!ah!!! entonces no me suma años de servicio! entonces voy a tener q comprar sdm 2. LOS AÑOS X DDJJ SI EL CESE ES POSTERIOR A 2007 NO SE PUEDE APLICAR, NO?[/quote] no[/quote][/quote]
OK[/quote]


Depende Aimael....no siempre no conviene si son simultáneos... a veces, si entran en el calculo del haber, suma
 #503936  por Aimael
 
si si Igaray arriba le dije conforme lo que me explico un computista en anses, yo no le compro simultaneos con otros pero si ya estan asi, (me paso por ejemplo con los estibadores q suelen tener muchos años simultaneos) igual los cargo en spp porq si es de los ultimos 10 años le aumenta un poco el haber mensual! reitero me lo dijeron en anses varios computistas, que al iniciar si eran en periodos de menos de 10 años para atras si lo cargaban dos veces para que le sirva para aumentar el haber!
 #504413  por lgaray
 
Aimael escribió:si si Igaray arriba le dije conforme lo que me explico un computista en anses, yo no le compro simultaneos con otros pero si ya estan asi, (me paso por ejemplo con los estibadores q suelen tener muchos años simultaneos) igual los cargo en spp porq si es de los ultimos 10 años le aumenta un poco el haber mensual! reitero me lo dijeron en anses varios computistas, que al iniciar si eran en periodos de menos de 10 años para atras si lo cargaban dos veces para que le sirva para aumentar el haber!
O sea que por màs que lo tengan aportados como estibador, te dijeron que los pises comprandole moratoria ????????? :o
Fijate, cuando lo acuerden cuanto de màs va a ganar...la diferencia se va a perder en la nebulosa del ajuste hasta la minima y te lo hicieron meter en una moratoria (deuda de 10 años - descuento de la jubilaciòn de 60 cuotas )...
o no te entendi
 #504557  por Aimael
 
a ver me parece q no exprese bien! fue asi: estibador con varios años simultaneos, no compra nada por moratoria pero ademas tenia dos años de autonomos por un negocio pequeño, se le superponian tb, yo lo que queria decir si tenes q comprar no vas a comprar periodos q ya tiene aportados, es al cuete pero si esa persona ya tenia esos periodos simultaneos como me paso con este sr. yo los tome (aunque los conte siempre una sola vez) y es mas la iniciadora me los cargo tb porq eran de los ultimos 10 años y ella me explico q si bien los tomamos una sola vez a pesar de que nos aparezcan aportados 2, si esos años simultaneos son de los ultimos 10 años le sirven porq le aumentarian el haber mensual! Espero a ver si sido clara!
 #505002  por lgaray
 
ahhh si, si
ahora te entendi. Crei que te habia dicho que le compraras arriba de lo que tenia aportado.
Seguro, si lo tiene pagado hay que tomarlo superponiéndolo.
 #505022  por Aimael
 
jajajaj conversacion de loca la nuestra! jajajjaja!