Hola tengo un cliente que lo despiden supuestamente por cese de actividad en el establecimiento. Yo entiendo que debería negar esa causal por una cuestión de prueba y reclamar la indemnización de los arts. 156, 231, 233 y 245 de la LCT. Pero me encuentro con que la persona es chofer de reparto categoria 10 (camionero) y no se si el salario que percibía era el correcto. Donde puedo conseguir la escala salarial?? y como puedo saber si tiene un tope la indemnización del art. 245 de la LCT? porque el convenio colectivo vigente no dice nada al respecto.