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  • art 132bis LCT

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 #505938  por MELON
 
Hola:

Pregunta tengo un empleado despedido cobraba 1500 en blanco y 300 en negro. Cabe el art 132bis, para mi , si no retenia el empleador no prospera, pero varios lo ponen en la liquidacion , un colega me dijo que hay fallos que dicen que sin , no vi ninguno . esta bien? Gracias
 #506388  por GU
 
No prospera.

Salutes!
 #507130  por aguchi
 
Muchos se confunden al respecto, pero el 132 bis no va para casos de trabajo o parte del salario no registrado.
Hace falta que el empleador retenga aportes y no los ingrese, y en la falta de resgitración esto no se da. A no ser que en tu caso, claro, se retengan aportes por la parte en blanco.
Saludos!