Amigos, tengo el siguiente caso, un señor sufre un accidente in itinere y fallece, este hombre tenia 2 hijos menores con una mujer la cual ahora es mi clienta, y desde hace 3 años estaba en concubinato con otra mujer (que no es mi clienta) ahora mi pregunta es como se debe distribuir el pago por fallecimiento que paga la ART (conforme art. 53 ley 24241 tengo entendido que le corresponde a la concubina y a los hijos menores) pero lo que no se es en que porcentaje a cada uno???
El abogado de la concubina me ofrece llegar a un arreglo por el 50% para la concubina y 50% para mi cliente (los hijos menores)
Alguien sabe como debe distribuirse el pago en este caso, o en que ley, decreto o fallo esta determinado el porcentaje que les corresponde a cada uno???
El abogado de la concubina me ofrece llegar a un arreglo por el 50% para la concubina y 50% para mi cliente (los hijos menores)
Alguien sabe como debe distribuirse el pago en este caso, o en que ley, decreto o fallo esta determinado el porcentaje que les corresponde a cada uno???