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  • Honorarios por divorcio

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #502540  por DraAnitta
 
Tengo un divorcio en Prov de Bs As. y no se como se regulan los honorarios... se que lo determina el juez, pero quiero saber como regular mis honorarios con mi cliente. Ademas, necesito informacion sobre la tasa de justicia y demas gastos procesales, soy nueva en esto. Desde ya muchas gracias.
 #502785  por doctorcitaLP
 
DraAnitta escribió:Tengo un divorcio en Prov de Bs As. y no se como se regulan los honorarios... se que lo determina el juez, pero quiero saber como regular mis honorarios con mi cliente. Ademas, necesito informacion sobre la tasa de justicia y demas gastos procesales, soy nueva en esto. Desde ya muchas gracias.

HOLA! FIJATE EN LA PAG DE LA SUPREMA CORTE PCIA DE BS AS CREO ESTAN QUE AHI TE DICE LO QUE VALE LA TASA EL IUS, ETC !!! espero te sirvan los links
http://www.scba.gov.ar/informacion/tasa.asp
http://www.scba.gov.ar/informacion/jus.asp
http://www.scba.gov.ar/

ES CONTRADICTORIO ? O PRESENTACION CONJUNTA?? BESOS!
 #507518  por DraAnitta
 
En principio seria por presentacion conjunta, porque hace mas de tres años que no conviven... puedo ir por el 214 CC (separacion de hecho sin voluntad de unirse) o por el 215 CC (causas que hacen moralmente imposible la convivencia). Tengo entendido que ante cualquiera de estos casos puedo patrocinar a ambas partes no? solo que en el caso del 214 uno de los conyuges puede demostrar su inculpabilidad dejando a salvo las ventajas que la ley le otorga.
Me voy a fijar en los link que me pasaste a ver que veo.
Desde ya muchisimas gracias!!!!!!!
Saludos
 #507539  por infolegal
 
Hola Draanitta, en Pcia podes patrocinar a ambos si es presentación conjunta, pero no es recomendable, mejor cada parte con su abogado, porque si llegara a surgir alguna discrepancia o contradicción, no podras seguir patrocinando a ninguno de los dos. Yo no arriegaria.
Saludosss.
 #507551  por DraAnitta
 
OK! Estuve leyendo algo sobre eso y lo recomendable es que cada parte tenga su patrocinante. Ahora otra consulta... mas alla de los honorarios que yo pueda pactar con mi cliente, en la sentecia el juez regula honorarios sin necesidad de haberlo solicitado?
Gracias!!!!(Perdón soy recién egresada y no tengo mucho conocimiento sobre el tema)