busco opiniones al respecto debido a mi escasisima experiencia en materia laboral.-
Se presenta un cliente en donde trabajaba como vendedor en un local comercial, en el cual comenzo a trabajar en el mes de mayo.- se le pagaba por dias.-Pero en el mes de diciembre se la pasa a otro local del mismo dueño, aduciendo el dueño que la habían blanqueado...la cuestion es que a losa quince dias la empleada no concurre a trabajar por tres dias, y el dueño la intima por telegrama, a que justifique la inasistencia y retome tareas.- La empleada no hace nada de eso y a la semana le llega el otro telegrama, en donde la despiden con causa y la notifican que sus haberes estan a disposicion..-
La cuestio nes que el clienta viene a la consulta a un mes y medo del despido.-
La pregunta es: podré intimar por telegrama al empleador, en los terminos del art. 9 de la ley 24013? y a la vez, habiaendo mas de teinta dias despues del distracto...puedo solicitar el certificado de trabajo, segun art. 80 LCT?...cualquier opinion sera bienvenida.-
Se presenta un cliente en donde trabajaba como vendedor en un local comercial, en el cual comenzo a trabajar en el mes de mayo.- se le pagaba por dias.-Pero en el mes de diciembre se la pasa a otro local del mismo dueño, aduciendo el dueño que la habían blanqueado...la cuestion es que a losa quince dias la empleada no concurre a trabajar por tres dias, y el dueño la intima por telegrama, a que justifique la inasistencia y retome tareas.- La empleada no hace nada de eso y a la semana le llega el otro telegrama, en donde la despiden con causa y la notifican que sus haberes estan a disposicion..-
La cuestio nes que el clienta viene a la consulta a un mes y medo del despido.-
La pregunta es: podré intimar por telegrama al empleador, en los terminos del art. 9 de la ley 24013? y a la vez, habiaendo mas de teinta dias despues del distracto...puedo solicitar el certificado de trabajo, segun art. 80 LCT?...cualquier opinion sera bienvenida.-