Aboga1555 escribió:Se trata de un ejecutivo. Yo pregunto, como profesional, tengo que ir obligatoriamente al mandamiento de ejecución, o solo van
los oficiales de la justicia y con ello basta?.-
Saludos a los colegas.-
Estimado:
Entiendo que se esta refiriendo al Mandamiento de de Intimación de Pago y Embargo, de ser así, la respuesta es NO, no es necesario que Ud. vaya obligatoriamente, el criterio para discernir su presencia en el tramite es una cuestión de hecho que cada profesional evalúa de acuerdo al caso, por ej. si Ud. desea elegir que bienes embargar en la vivienda del deudor o si el mandamiento se diligencia en una localidad pequeña, donde el Oficial de Justicia muchas veces conoce al ejecutado y ante la duda si cumplirá estrictamente su misión de embargar bienes, es conveniente que el profesional lo acompañe para poder cautelar adecuadamente su crédito.
Saludos
Lawyer