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  • TE PUEDEN OBLIGAR A JUBILARTE?

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #507816  por MAE
 
Hola chicos, quisiera consultarles una duda relacionada con lo siguiente. ¿Puede el estado (empleador) obligar a un empleado a jubilarse si este tiene la edad pero no los años de aportes? , el caso es de una mujer y teniendo en cuenta lo que dispone el el artículo 19 de la ley 24241, último párrafo, “…En cualquiera de los regímenes previstos en esta ley, las mujeres podrán optar por continuar su actividad laboral hasta los sesenta y cinco (65) años de edad, podria entonces negarse y continuar trabajando hasta esa edad???
 #507835  por DraSolcito
 
MAE, en principio, entiendo que no. Más aún considerando que no tiene los años de aportes completos. Ante una intimación del empleador, quizás es conveniente responder indicando que no cuenta con los años de poartes para jubilarse.
 #507852  por MAE
 
Gracias Sol. Una vez que alcance los 65 si aun le faltaran algunos años de aportes pero se encuentra en condiciones fisicas de continuar trabajando, ¿existe alguna otra normativa, a parte de la 24241, por la cual pueda negarse a iniciar los tramites hasta completar esos años y evitar el descuento de la moratoria en la que tendria q entrar para completar los años?
 #507885  por DraSolcito
 
La verdad es que no sé si hay alguna norma en particular. Lo que sé es que conozco más de una de más de 65 que sigue trabajando en el Estado, por un motivo o por otro...

Te fijaste si el Decreto 214/06 dice algo al respecto? O la ley de empleo público? Si es personal de planta permanente, quizás te puedas agarrar del art. 14 bis... Pero no es una salida fácil ni rápida.

Esta persona, trabaja para el Estado (Nacional, Provincial, Municipal) o para una empresa del estado? Pregunto porque ayer en otro post preguntaban por la aplicación de un decreto del 2001, que quizás te sirva.
 #507950  por MAE
 
Gracias Sol, te cuento que la señora trabaja para el estado municipal. La accion que vos me decis q ella podria intentar seria un amparo??? el tema es que la señora desde que ingreso hace 24 años nunca la ascendieron de categoria y si ahora la jubilan tendra que hacer una moratoria por los años q le faltan y como tendra una jubilacion minima no va a cobrar nada, ese es el prblema.
 #507958  por DraSolcito
 
La verdad no se me había ocurrido ir por un amparo, pero quizás sea una opción, agarrandote de la estabilidad del empleado público del 14 bis.
 #507965  por MAE
 
Podría fundarse en este caso la negativa jubilarse amparandose en el plazo establecido para jubilarse por edad avanzada, es decir 70 años?
 #509338  por nenio3
 
Mae, si te pueden obligar, siempre y cuando tenga la edad correspondiente a cada sexo, y si teniendo la edad correspondiente no tiene los años requeridos de servicio de cada regimen, no te pueden obligar.-
 #509340  por nenio3
 
nenio3 escribió:Mae, si te pueden obligar, siempre y cuando tenga la edad correspondiente a cada sexo, y si teniendo la edad correspondiente no tiene los años requeridos de servicio de cada regimen, no te pueden obligar.-
Obviamente, aplicable en cada caso en particular ..-
 #509385  por MARCEJU
 
MAE, si la intimaron a q se jubile q conteste diciendo q no reune los requisitos exigidos por la ley para obtener el beneficio jubilatorio. De todas maneras, si ya tiene 60 y quiere continuar hasta los 65 q presente nota diciendo q opta por continuar trabajando hasta los 65 años conforme lo establece el art. 19 ley 24241, aunq igualmente no tenga los años de aporte. Total lo q abunda no daña.
 #509436  por molinag
 
Mae, te transcribo:
art 252: Cuando el trabajador reuniere los requisistos necesarios para obtener una de las prestaciones de la ley 24241, el empleador podra intimarlo a que inicie los tramites pertinentes extendiendole los certificados de servicios y demas documentacion necesaria a esos fines. A partir de ese momento.................
Concedido el beneficio, o vencido el plazo, el contrato de trabajo quedara extinguido sin obligacion........indemnizacion por antiguedad....
La intimacion.........

Del primer parrafo surge tu respuesta, los requisitos de la 24241= 60 años y 30 años de aportes, con lo cual ahora te queda negar reunir los requisitos y que tu clienta se sienta agraviada, e inclusive algunos se dan por despedidos, es un error muy comun de los empleadores, y le termina saliendo mas caro..... nada dice la ley sobre la 24476, con lo cual te forzarian a ingresar a una moratoria, cosa que no es su derecho...Saludos
 #509444  por MAE
 
Chicos, gracias a todos por ayudarme, el problema es que la señora no me dijo que tiene 66, por lo que excede la edad q dice la ley, ¿podría fundar la negativa jubilarse amparandose en el plazo establecido para jubilarse por edad avanzada, es decir 70 años? y en ese caso como lo haria? informaria mediante TCL al empleador que el estado Municipal y si le deniegan podria plantear un amparo?
 #509449  por lgaray
 
Pequeño detalle:

Es una Municipalidad. ¿ depende de una provincia adherida ?
Porque si no es así con la 24241 y el art. 19 harán avioncitos :mrgreen:
 #509637  por MARCEJU
 
En el primer post habias puesto q el empleador era el estado y presumi q era nacional (q se rige por la 24241) y no vi q despues dijiste municipalidad... tendrias q fijarte si se rige por la 24241. Si es asi aunq tenga 66 si no reune la totalidad de los requisitos (edad + aportes) no pueden obligarla, salvo q alcance la edad p jubilarla por edad avanzada. Pero primero fijate cual es el regimen aplicable.