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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #50739  por Wallas
 
NECESITARIA UNA AYUDA... EL PORCENTAJE DE LOS ALIMENTOS QUE SE LE FIJAN AL PADRE (MI CLIENTE), POR UN HIJO DE 10 AÑOS
-CUAL ES EL MAX Y MIN HABITUAL? (ES UN EMPLEADO MUNICIPAL)
-QUE PARTE DEL SUELDO SE TOMA EN CUATA PARA DEDUCIR EL PORCENTAJE ESTIPULADO? EL BRUTO? EL BASICO? EL BRUTO UNA VEZ DEDUCIDOS LOS DESCUENTOS -OBRA SOCIAL, SINDICATO, ETC?


DESDE YA MIL GRACIAS

 #50744  por Lilyan
 
Tengo entendido que es el neto. y va de un 20 a un 30%. Hasta pronto-

 #50812  por klaudia7
 
Yo pregunto: y si el sr. tiene tomados créditos que se descuentan por recibo o adelantos de sueldo, no convendría tomar el bruto restando solo los aportes de ley?
Ojo tal vez estoy equivocada es solo una pregunta.
Saludos.
klaudia.

 #50970  por DAL
 
Esto es muy tipico en los empleados publicos!!

Yo tuve varios casos de policías(empleados provinciales): no se por que pero en SAnta Fe los muchachos de la fuerza tienen dos caracteristicas llamativas: hijos de varias madres ( tres o cuatro hijos, he visto caso de seis, repartidos en dos y tres madres) y recibos de sueldo "sucios" es decir llenos de descuentos de creditos, prestamos de mutuales, y demás yerbas, que dan un neto a cobrar de CERO PESOS.
Aca en estos casos pedimos que el embargo o mejor dicho que el porcentaje de alimentos sea aplicado sobre el salario bruto luego de deducidos UNICAMENTE los aportes obligatorios como obra social, jubilación, ley 5110 (de Santa Fe) y algun otro legal, como el que tendría un empleado que no ha sacado ningun credito ni nada de nada.

Sin embargo hay que pedirlo que sea así. Otros jueces fijan un porcentaje menor (más cerca del 20 que del 30) y lo aplican directamente sobre el bruto. Lo cual da casi lo misno que hacer el 30 sobre el bruto sin los descuentos de ley.