En Pcia de Bs As es obligatorio que cite a mis testigos con cédula o puedo presentar un escrito en el cual se notifican a la audiencia de VISTA DE CAUSA?
La ley de procedimiento laboral de la pcia. de Bs. As. no prohibe esa forma de notificación pero establece las formas que debe hacerse que pareciera ser un número clausus. No creo que te lo acepten.
Gracias Morgan, litigar en laboral en Pcia y capital me genera una pila de dudas. Estaria bueno si alguien tuviera un esquema de las diferencias en una y otra jurisdicción.
A proposito de la consulta, en capital la notificación de los testigos es a los fines de poder pedir una nueva audiencia en caso de incomparencia.
En Pcia si los testigos se presentan a la Vista de Causa aún cuando no fueran formalmente notificados, igual pueden testificar, verdad?
Ya no hago a tiempo de notificarlos a la VISTA de CAUSA pero tengo certeza de que concurriran. yo creo que si se presentan no importa que no los haya notificado correctamente pues quedaría saneado o estoy equivocada?