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  • UN CASO MUY COMPLICADO...!!!! AYUDAAAA

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 #506059  por lucho6905
 
HOLA COMO ESTAN QUERIDOS COLEGAS...SOY LUIS DE TUCUMAN..Y QUIERO SUS OPINIONES SOBRE UN CASO MUY COMPLICADO DE ENCARAR..:

MI CLIENTE EDUARDO COMPRA POR MEDIO DE UNA CESION-VENTA UNA CASA A MEDIO CONSTRUIR EN UN HUMILDE BARRIO DE LAS AFUERAS DE SAN MIGUEL DE TUCUMAN. SE LO COMPRA A SU AMIGA ROSA, EN EL 2004, CON LA SOLA CERTIFICACION DEL BOLETO EN UNA COMISARIA.

EDUARDO LE PERMITE A ROSA SEGUIR VIVIENDO EN LA CASA "DE BOCA".AL POCO TIEMPO EDUARDO SE SEPARA DE HECHO DE SU MUJER Y SE VA A VIVIR A JUJUY DONDE TIENE FAMILIA. ROSA SIGUE VIVIENDO EN LA CASA SIN SABER MAS DE EDUARDO. ROSA LE ALQUILA "DE BOCA" UNA HABITACION EN EL FONDO A UN TAL OMAR SOLO POR UNOS MESES PORQUE NO TENIA DONDE VIVIR.

ESTE OMAR NUNCA QUISO FIRMARLE A ROSA UN CONTRATO DE LOCACION, YA QUE ROSA ERA SOLA, Y SE AGUDIZO SU ADICCION AL ALCOHOL. ESTE TIPO OMAR SE ALIO CON UN TAL BARRIONUEVO, QUE TRABAJABA PARA UN ABOGADO Y PERGENEARON UN ARDID PARA QUEDARSE CON LA CASA. BARRIONUEVO LE HACE FIRMAR A OMAR UNA TENENCIA PRECARIA A NOMBRE DE SU HIJA, DESCONOCIENDO A ROSA O CUALQUIER OTRO DUEÑO, Y AL TIEMPO LE INICIA UN DESALOJO, AMBOS EN COMNIVENCIA.

AL TIEMPO DE INICIADO EL JUICIO DE DESALOJO, OMAR MEDIANTE PRESIONES Y AMENAZAS FISICAS Y PSICOLOGICAS LOGRA QUE ROSA SE VAYA DE LA CASA QUEDANDO ESTE EN POSESION. ENTRE TANTO BARRIONUEVO SE GANABA CON ENGAÑOS LA CONFIANZA DE ROSA A LA CUAL UBICO Y LA CITO UN DIA EN UN BAR PARA “CHARLAR” SOBRE LA CASA...LA LLEVA A ESTA SEÑORA ROSA A UNA ESCRIBANIA PARA FIRMAR UN PODER PARA QUE EL SE ENCARGUE DE HACERLE JUICIO Y SACARLO A OMAR..PERO EN REALIDAD LO QUE FIRMO FUE LA VENTA DE LA CASA POR ESCRITURA PUBLICA A NOMBRE DE LA HIJA DE BARRIONUEVO. ROSA NUNCA CONOCIO A LA HIJA DE ESTE.

LA SEÑORA ROSA NUNCA SUPO LO QUE FIRMABA NI RECIBIO DINERO ALGUNO POR LA SUPUESTA "VENTA". LA ESCRIBANA LOGICO EN COMPLICIDAD CON ESTE ARDID. NUNCA LEYO O LE LEYERON LO QUE FIRMABA. BARRIONUEVO INSCRIBE LA ESCRITURA EN EL REGISTRO INMOBILIARIO A NOMBRE DE SU HIJA.

ENTRE TANTO SALE EL DESALOJO A FAVOR DE LA HIJA DE BARRIONUEVO Y SE LLEVA A CABO EL LANZAMIENTO DE OMAR DE LA CASA. SE PONE EN POSESION A ESTA MUJER Y LA MISMA EN REALIDAD NUNCA VIVIO EN LA CASA YA QUE POSEE OTRAS PROPIEDADES. LA CASA QUEDA VACIA Y SIN OCUPANTES POR 2 MESES…

AQUÍ APARECE EN ESCENA NUEVAMENTE EDUARDO…PRIMER COMPRADOR DE LA CASA….QUIEN AL ENTERARSE DE LO SUCEDIDO TOMA POSESION DE LA CASA….AHORA ESTA MIJER…HIJA DE BARRIONUEVO LO DENUNCIA POR USURPACION DE PROPIEDAD…

EDUARDO AL INVESTIGAR LAS COSAS…UBICA A ROSA QUIEN LE DICE COMO PASARON LAS COSAS….Y QUIEN RECONOCE LA VENTA A SU AMIGO EDUARDO….QUIEN POSEE EL BOLETO SUSCRIPTO OPORTUNAMENTE CON ROSA….. ¡!!!!!! QUE CASITO NO?.....!!!!!!!

EDUARDO QUIERE RECUPERAR LA CASA Y VER QUE PUEDE HACER LEGALMENTE PARA REPELER EL ARDID DE ESTOS TRAMPOSOS…
…………………………………………………………………………………………….

1) TENEMOS UN VICIO EN EL ACTO JURIDICO CELEBRADO POR VICIO DEL CONSENTIMIENTO….UNA NULIDAD EN EL INSTRUMENTO(ESCRITURA PUBLICA)

2) TENEMOS UNA FALTA DE LEGITIMACION ACTIVA EN LA HIJA DE ESTE BARRIONUEVO PARA INICIAR EL DESALOJO…

COMO ENCARO EL TEMA DE LA NULIDAD DEL ACTO Y DEL INSTRUMENTO….TIENEN UN MODELO…..

PUEDE PROSPERAR ESTE CASO A FAVOR DE EDUARDO…MI CLIENTE …QUIEN DETENTA LA ACTUAL POSESION?-…..PARA MI ES UN DESAFIO HACERLO Y PONDRE TODO DE MI EN INTENTARLO AUNQUE SEA DIFICIL…..YA QUE ME GUSTA MAS PENAL….DESDE YA MUCHAS GRACIAS….!!!!!!!!

COMENTARIOS….SUERTE COLEGAS-…

LUIS. (TUCUMAN)
 #506264  por lolo011
 
hola lucho!! La verdad complicado, en lo personal encararía la situacion dividiendola en dos.
En primer lugar hago la denuncia de estafa contra Barrionuevo y Omar, y que sea el fiscal quien dilucide quien es el responsable. Quiza, incluiria a su hija, porque ha influido y mucho en el plan.
Luego iria a sede civil y haria un juicio de escrituración contra Eduardo, para que este sea quien plantee el tema de la nulidad, porque el antiguo titular registral es este. Es decir, veo que quien tiene legitimacion es Eduardo de demostrar y citar en el juicio a Rosa, a los efectos de declarar que ha sido intimidada a firmar. Asimismo, tendra que citar al escribano para que de explicaciones de su intervencion. Pasando en limpio, primero haria denuncia penal, contra Barrionuevo, su hija y Omar. Luego intentar un juicio de escrituracion contra Eduardo, para que este invalide por sus medios de prueba la anotacion registral. Igual espera otras respuestas. suerte
 #506273  por lolo011
 
Rectifico!! y disculpas, leyendo nuevamente, confundi un personaje de la escena.
copio y corrijo lo anterior
En primer lugar hago la denuncia de estafa contra Barrionuevo, su hija y Omar, y que sea el fiscal quien dilucide quien es el responsable.
Luego iria a sede civil y haria un juicio de escrituración contra ROSA,PRESENTANDO EL BOLETO para que estA sea quien plantee el tema de la nulidad, EN SU OPORTUNIDAD porque la antigua titular registral es estA. Es decir, veo que quien tiene legitimacion es ROSA de demostrar y citar en el juicio a BARRIONUEVO Y SU HIJA, a los efectos de declarar que ha sido intimidada a firmar para declarar nulo el acto. Asimismo, tendra que citar al escribano para que de explicaciones de su intervencion. Pasando en limpio, primero haria denuncia penal, contra Barrionuevo, su hija y Omar. Luego intentar un juicio de escrituracion contra ROSA, para que estA invalide por sus medios de prueba la anotacion registral. Ojo, previa intimacion para colocarlos en mora.
 #506910  por cdiriarte
 
Yo comenzaría por plantear la nulidad del acto jurídico por el cual Rosa "vende" el inmueble a la hija de uno de los estafadores, basando la demanda en el Art. 954 del CC, ya que evidentemente se ha explotado la necesidad, ligereza e inexperiencia de una de las partes (Rosa)para obtener por medio de ése acto, una ventaja patrimonial evidentemente desproporcionada y sin justificación, ya que existiría una notable desproporción entre las prestaciones. En el concepto de lesión, entendida como una anomalía del negocio consistente en un perjuicio patrimonial que se provoca a una de las partes de aquél, cuando, por un acto jurídico oneroso y bilateral, se obtiene de ella prestaciones desproporcionadas mediante el aprovechamiento de su necesidad, ligereza o inexperiencia; hay una doble connotación: 1) una objetiva, resultante de la desproporción de las prestaciones y otra 2) subjetiva, pues las partes concurren a celebrar el negocio actuando la una con una finalidad específica de aprovechamiento o explotación de la necesidad, inexperiencia o ligereza de la otra. Obviamente tenés que demandar, también, al escribano que llevó adelante el acto en cuestión, interponiendo la demanda civil de nulidad y la penal por estafa por abuso de confianza (Art. 172 CP) o aquel inciso del 173 CP que tipifique la conducta de los implicados. En cuanto a la demostración de que Rosa no ha recibido ningun dinero por la transacción, las operaciones que involucren inmuebles deben ser abonadas mediante cheque, por lo cual podrías averiguar por ése lado o bien probar que Rosa no obtuvo ninguna ventaja patrimonial de la venta del inmueble y ello no ha sido objeto de aporte a AFIP - Dirección de Rentas de Tucumán, Municipalidad, etc., la escribanía es agente de retención de uno de los impuestos, fijate si se hizo el aporte por la compraventa en cuestión. Obviamente Eduardo también debe intervenir, pero dependiendo de la jurisprudencia de Tucumán al respecto, podría hacerlo mediante una tercería; extremo muy discutible, pero en clagunas ocasiones muy útil. Suerte.