Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Renuncia y certificado de trabajo

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #507439  por margo30
 
Hola colegas tengo una duda haber si me pueden ayudar. una señora renuncio a su trabajo, asi que solo podra solicitar sueldos adeudados y sac. ahora bien se intimo para que entregue certificado de trabajo y comprobante de pago de aportes y no se cumplio con esto quiero creer que por que haya renunciado no va a perder el derecho de solicitar lo del art 80 de la LCT, pero me gustaria saber sus opiniones un abrazo
 #507502  por maceca
 
es obligatorio para el empleador entregar los certificados del art. 80 al extinguirse (de la forma que fuere) la relacion laboral.
 #507565  por abogadolp
 
Estimado Colega:
Tenes que pedir: sueldos adeudados, el SAC proporcional y las vacaciones!!!.
Y obviamente que SIEMPRE deben entregar el certificado del Art 80 LCT.
saludos.-

margo30 escribió:Hola colegas tengo una duda haber si me pueden ayudar. una señora renuncio a su trabajo, asi que solo podra solicitar sueldos adeudados y sac. ahora bien se intimo para que entregue certificado de trabajo y comprobante de pago de aportes y no se cumplio con esto quiero creer que por que haya renunciado no va a perder el derecho de solicitar lo del art 80 de la LCT, pero me gustaria saber sus opiniones un abrazo
 #507567  por carovr668
 
Si, falta considerar el tiempo de vacaciones que le corresponde al finalizar la relacion laboral, siempre que no las haya gozado,
ademas en el certificado debe constar:las indicaciones sobre el tiempo de prestación de servicios, naturaleza de éstos, constancia de los sueldos percibidos y de los aportes y contribuciones efectuados con destino a los organismos de la seguridad social y la calificación profesional obtenida en el o los puestos de trabajo desempeñados, hubiere o no realizado el trabajador acciones regulares de capacitación. Tene en cuenta que tambien es obligacion entregarle la certificacion de servicios que es distinto al certificado anterior, porque en ella esta detallado cada mes y remuneracion que ha percibido. saluditos
 #509097  por sebabosco
 
Por Trabajo decente, visita http://trabajoderechohumano.blogspot.com/

A lo único que renuncio es a su empleo, no a los derechos que nacen con la renuncia (vgr. art 80 LCT), o nacieron independientemente del vinculo laboral (vgr. daño moral por discriminación o mobbing.

Por Trabajo decente, visita http://trabajoderechohumano.blogspot.com/