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  • EMPLEADA EMBARAZADA-OBRA SOCIAL-DESPIDO

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #509096  por DRSOFISTA
 
Hola gente, mi consulta es la siguiente: Tengo una clienta, que está registrada (aunque incorrectamente) que quedo embarazada, cuando esto ocurre comienzan los problemas con el empleador, malos tratos, etc. Mi clienta se mantuvo firme porque no queria perder el trabajo. A su vez el empleador le paga a mi cliente una medicina prepaga en lugar de la obra social. Ahora bien, pasa el tiempo, mi clienta tiene el bebe, y el empleador no le quiere pagar la medicina prepaga a la hija. Mi cliente ya no quiere volver más a trabajar ahi (esta con licencia por maternidad), y quiere mandar un telegrama intimando que el empleador le de una cobertura a su hija. Yo le aconseje que intimaramos a la correcta registracion y a la cobertura de su hija, y que si lo niega se considere despedida, asi cobra las indemnizaciones corresp, más la agravada por el embarazo, pero ella 1º quiere intimar por la obra social y luego por lo otro.- Que me aconsejan? Es viable un telegrama de intimacion por el tema de la obra social? Puede ser causal para un despido indirecto? Perdón por mis dudas, pero no manejo mucho el tema. Espero su ayuda. Saludos.-.
 #509154  por DAL
 
El empleador no tiene ninguna obligación de dar cobertura a la hija, salvo que así haya sido pactado expresamente, por ejemplo en el contrato de trabajo, si lo hay. Por ejemplo en un contrato, o bien en el aviso por el cual ella se presentó y la tomaron, que diga algo así como COBERTURA DE SALUD PRIVADA PARA GRUPO FAMILIAR o algo similar se me ocurre. Pero si no, no existe obligación alguna, la obra social la tiene y con el mismo aporte cubre toda la familia, y esa es la obligación legal del trabajador, y si no se obligó contractualmente frente a la trabajadora ( o existe alguna obligación por CCT, tema a revisar tambien), no hay incumplimiento del empleador, por lo que no se puede dar por despedida. En ultima instnacia recordá que tiene derecho, si decide renunciar, a la compensación por tiempo de servicio, que no es mucho pero es mejor que una renuncia simple, así que presentale la opción y que la vaya pensando porque debe ejercerla al termino de la licencia.
 #509200  por fely33
 
Por el tema de la obra social no se podria considerar despedida , ahora habria que ver a que te referis por incorrecta registración, si encuadra en los supuestos del art 9 o 10 de la 24013 entonces te conviene por ese lado y ver tambien el art 132 bis de la LCT
 #510357  por DRSOFISTA
 
Muchas gracias por su ayuda. Les hago dos preguntas tontas: Mi cliente esta en licencia por maternidad, y reingresa el lunes (finaliza la licencia por maternidad el domingo), ayer fue al medico y le dio un certificado médico por el cual le diagnostica depresion post parto y le da 30 dias, es decir que no se reincorpore a trabajar. 1º le tengo que enviar un telegrama al empleador aclarando esta situacion? Acompaño fotocopia del certificado o le envio el original?. Sé que son preguntas básicas, pero estoy muy perdido. Gracias
 #510572  por DAL
 
Es como toda enfermedad, tenés que indicar que está enferma y donde se encuentra para que la empresa, si así lo decide, le envie un médico a controlar si realmente esta enferma.