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  • RETIRO POR INVALIDEZ Y DECRETO 526/95

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #510669  por marisol28
 
estimados colegas a ver si me pueden ayudar con este caso:


hombre para retiro por invalidez: tiene 12 pagos dentro de los ultimos cinco años, tiene 9 años en dependencia y el resto y para completar lso 15 se los compro en moratoria con al 24476. ahora.... el esta inscripto desde el año 2000 y hasta el 2007 en una actividad de la cual nunca pago. por lo que em dijeron en ese lapso del 2000 al 2007 no puedo usar la 25321...puedo usar el decreto 526/95...y si es asi....en la liquidacion del sicam me dan muchos mas años que lso que yo necesito, justamente porque me sale la deuda...el iniciador como lo toma????

se hace asi o debo comprar los 30???? digo pro al deuda que tengo del 00 al 07

otra duda: tampoco puedo usar DDJJ ni nada no????


PORFI AYUDA QUE TENGO EL TURNO EL 10/03!!!!!

marisol
 #510731  por celiaEsc
 
Hola efectivamente, no puedes utilizar la renuncia porque no tiene los 30 años, no porque en esa época de deuda no se pueda renunciar con 25321. Si tienes 30 años, si es posible sacar moratoria para completarlos, entonces sí puedes renunciar con 25321.
No puedes utilizar el decreto ya que sólo es para casos con deuda insignificante, que no es tu caso.
No se puede utilizar tampoco DDJJ. Saludos
 #511043  por marisol28
 
celia...a mi em habian dicho que la DDJJ se podia usar al 50% cuando es por 15 años y que el decreto 526/95 se podia usar...por que decis eso??? ahora estoy re confundida
 #511046  por marisol28
 
ademas el decreto 526/95 en su texto no dice nada respecto a si la deuda debe ser insignificante o no dice "aunque aquellos registraren obligaciones no prescriptas impagas por aportes...."...


AYUDA!!! y si llegas a tener razon como hago??? porque no me da el lapso para comprar los 30 años!
 #511056  por anamaria83
 
No veo inconveniente en la aplicación del dto 525. Si reunís las condiciones, dale para adelante y a la deuda le aplicarán 525!
Con respecto a la DDJJ nunca la usé en estos casos. Reuní15 años con aportes efectivos.
Saludos!!
 #511066  por marisol28
 
ana maria la ultima y no molesto mas!!!

son 15 años mas un año dentro delos ultimos 60 meses o son EN TOTAL 15 AÑOS, me parece que era la primera opcion no? o sea 12 meses mas 15 años no???

gracias!!!!
 #511384  por celiaEsc
 
Reporta este postResponder con cita Re: RETIRO POR INVALIDEZ Y DECRETO 526/95
por anamaria83 el Vie Mar 05, 2010 11:36 am

No veo inconveniente en la aplicación del dto 525. Si reunís las condiciones, dale para adelante y a la deuda le aplicarán 525!
Con respecto a la DDJJ nunca la usé en estos casos. Reuní15 años con aportes efectivos.
Saludos!

Tienes razón Ana María ! Me lo explicó Mario 1943, es que todo nace de una mala denegatoria que tuvo una compañera.. Qué bueno que lo aclars, Saludos ¡¡
 #511552  por drajustine
 
Que susto me pegue porque yo aplique el decreto 526/95 en periodos con mucha deuda !!!! justamente porque no podia renunciar por no reunir los 30....hace poco la presente y hasta ahora no hubo problemas!!! aclarenme si estoy confundida...
 #756795  por mdemisiones
 
Mirando los post me sirvieron de mucha ayuda. Mi caso es un RTI al cual aplicare decr. 526/95 a un periodo en el cual estuvo inscripto en MT pero no pago x lo que tiene deudas de capital e intereses altos desde 01 hasta 07, tiene 18 años en rel de dep del 80 al 98 y dos años MT del 09 al 011, osea que no llegaria a los 30 años para alpicar la 25321. Pregunta: debo dejar con deuda en sicam ese periodo y presentar spp mencionando en observaciones la aplicacion del decreto? Su respuesta me sera de mucha utilidad xq es mi 1era vez con este decr.
 #756830  por casbarrog
 
exactamente mdemisiones, tenés que hacer la liquidación en sicam (previo, en datos para liquidación debés colocar ley 24241), no envias nada.- te imprimís 558/a b y c y detalle de deuda y en SPP solicitás que, por los períodos xx a xx con deuda de mt se aplique Dec 526.-
saludos y éxtios.
gery