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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #511877  por luga
 
Hola, tango una cliente que tiene dos hijos uno de 19 y el otro de 20 nunca le reclamo nada a su ex y ahora quiere iniciar una demanda de alimentos. Anteriores abogados le dijeron que por el art 4027 puede reclamarle 5 años hacia atras. tengo entendido que ese articulo opera si y solo si hubo una demanda de alimentos con sentencia. O sea que solo podria relamar hacia adelante y si los menores estudian. Estoy en lo cierto? gracias a quien pueda responderme!
 #511894  por antihique
 
Efectivamente como afirmas los alimenetos son desde que se reclamam y si esta reclamados pueden serlo hast 5 años para atras
 #511912  por Carmen Susana
 
Los alimentos se adeudan desde la interposición de la demanda.- Cuidado!!! si tienen la edad que dices la tienen que iniciar ellos, no la madre.-
 #512159  por pachanga
 
los alimento son debidos desde la interposicion de la demanda. Reclamar un retroactivo resulta imposible, y como te dice el otro colega en este caso deben ser reclamados por los hijos directamente.-
 #512378  por pablin
 
Estos dos hijos, de 19 y 20, ya son mayores de edad.
Sólo se podría reclamar (de acá para adelante) si continúan estudiando.

Salu2, Pablín.
 #512384  por pablin
 
Perdón!!!
En el mensaje anterior me confundí.
Aunque no estudien, la cuota se debe hasta los 21. Lo que si, como dijeron otros colegas, son los "mayores" los que tienen que reclamarla, y no la madre.

Salu2, Pablín.