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  • Dudas recurso apelacion concedido. Urgente. Gracias!

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 #511924  por IRENA
 
Hola, ya se darán cuenta que no soy abogada y quisiera entender los pasos luego de la consecion de un recurso de apelación en Argentina.
Mi abogado esta de vacaciones y mi hermano recibio la notificacion de que le ha sido concedida la apelacion efectuada en su momento por la defensora oficial (ahora tiene particular).

La causa (compuesta por varios imputados) pasó de fuero de provincia a fuero federal con su incidente de morigerada sin resolver, y con la denegatoria del fiscal. Luego me fué dificil obtener informacion (si volvió a provincia para que resuelva o resolvió en enero el Juez suplente, ya que se levanto la feria porque existe reo en carcel), mis dudas son:

1- La apelacion se realiza siempre sobre uan resolución o se puede apelar por falta de resolución?
2-Puede reveer el caso el mismo juzgado en caso de que el fallo ha sido resuleto por juez suplente?
3- caso contrario entiendo se eleva a tribunal...se le notificara a mi hermano la sala?
4- Se resuelve con la misma argumentacion que se presenta en la apelación o es obligatoria una exposicion oral?
5-Es cierto que luego de la conseción en justicia federal hay un plazo de 10 dias para la respuesta de quien resuelva (en este caso no sé si el Juez Federal o Cámara?

La notificacion fue emitida el 2/3 , la recibio el 5/3 y solo dice que se concede recurso...lei por alli suspensiva...no suspensiva...preo la nota solo dice que "concede recurso apelacion interpuesto por...."
Si mis dudas son muchas, tal vez puedan indicarme donde encontrar teoria sobre el tema para informamarme un poco, el abogado vuelve la semana que viene y la verdad que estoy desorientada y atrapada en la inacción por desconocimeinto . A los abogados que consulté, mas que quitarme estas dudas teoricas, me decían que recurra al cambio de abogado (que podria ser), pero lo que quiero y necesito es saciar las dudas
Desde ya muchas gracias a quien tenga la generosidad de compartir su conocimiento
 #511998  por IRENA
 
Mi amigo google me ha respondido casi todo...debe haber si o si resolución, no lo hará el mismo juez, se eleva a tribunal, por lo general se resuelve con la msima argumentación ya que se reveé sobre las mismas pruebas . En urisdiccion federal no se otorga morigerada salvo casos expresos, pero se puede transformar a otras figuras aceptadas (libertad en suspenso, excarcelación , etc)

Lo publico por si algún no doctorado en leyes en mi misma situación de desamparo informativo pudiera servirle. Tengan en cuneta que no esta chequeada.

Solo me queda saber si si o si lo notifcan sobre la sala o camra y si el plazo para resolución es de 10 dias corridos o hábiles desde la fecha de aceptacion o desde la fecha de notificación!

Muchas gracias si alguien me puede ayudar en mi ignorancia *leo* (sobre leyes por supuesto).
 #512106  por IRENA
 
Gracias! este link esta actualizado, estaba con la ley y la modificatoria y del 2008 y era mas complicado.

Deduzco que no habrá juicio oral puesto que no se trata de sentencia definitiva, asi que supongo que notificado el día 5 hay que esperar la segunda consesion de cámara y luego si es positiva alguna resolución. Y en este caso se deben tomar los 10 días...

Lo que no me queda claro y quizas me puedan aclarar el concepto de Adhesión y Desercion...es decir entiendo que la notificacion de las partes se trata de adhesión y no entiendo en que casos podría considerarse deserción, tal vez para medidas en que la persona no esté privada de libertad?

Por otra parte , si vencidos los plazos (suponemos 10 días) camara no expide resolución.....queda sin efecto la apelación o ....???

Nuevamente muchas gracias, es que son dudas que me surgen y me cuesta aclararme!